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Clasificación Semanal

 

     A continuación, se enlistan las clasificaciones de las sentencias de fondo y/o conflictos de competencia (notificadas y firmes) de la Sala Primera, elaboradas, en esta semana, por el Centro Electrónico Casacional de la Sala Primera (CECA) e incluídas en la consulta de "Jurisprudencia en línea".  

 


Voto 191-2011

Descriptor: Responsabilidad
Restrictor: Responsabilidad objetiva
Resumen: Análisis sobre la responsabilidad patrimonial de la Administración, en especial, el criterio de imputación objetivo (funcionamiento normal o anormal -actos jurídicos desplegados por entes y órganos públicos-, legítimo o ilegítimo -actuaciones u omisiones materiales-), responsabilidad por hecho lícito (precepto 194 Ley General de la Administración Pública), nexo de causalidad, causalidad adecuada, distinción entre la antijuricidad antecedente o de base y la antijuridicidad específica, principio de indemnidad patrimonial (ordinales 41 y 45 Constitución Política) y causas eximentes de responsabilidad (fuerza mayor, culpa de la víctima o hecho de tercero). La responsabilidad se encuentra conformado por cuatro elementos: el hecho, el daño, el nexo de causalidad y el criterio de imputación jurídica.
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Intereses
Restrictor: Obligación de valor
Resumen: Distinción entre obligaciones dinerarias y de valor, así como la forma cómo se aplican los réditos en cada una de ellas. En las primeras, el dinero es lo directamente debido, por lo que se cumple honrando una cantidad líquida y se reconocen intereses desde el momento mismo del incumplimiento (artículo 706 Código Civil). Funciona como paliativo de la pérdida del poder adquisitivo del dinero. En las segundas, lo exigible es una conducta de hacer, no hacer o dar (siempre que sea bienes distintos al dinero). Una vez que su cuantía se determine en firme, se transforman en una obligación dineraria que devenga intereses. En la especie, se concedieron réditos debido al atraso de la Dirección  Nacional de Pensiones en el pago del reajuste de la pensión y aguinaldos del casacionista, a partir del momento que se dictó la resolución donde se determina y cuantifica la deuda a favor del actor, pues previo a ese momento se estaba ante una obligación de valor.
Categoría: Repetitivo

Voto 1164-2012

Descriptor: Contratación administrativa
Restrictor: Incumplimiento contractual
Resumen: En la especie, se tuvo por demostrado que la empresa adjudicataria incumplió el contrato de suministro de madera (laurel de primera calidad) para el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, al entregar y facturar parte en melina; por lo que resulta improcedente la rescisión contractual.
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Casación por razones procesales
Resumen: La motivación, como agravio procesal revisable en casación (precepto 137.d Código Procesal Contencioso), no es un mecanismo para cuestionar los fundamentos jurídicos de la sentencia, es decir, para entrar a discutir la aplicación del derecho o la valoración de la prueba, para lo cual el Código establece causales autónomas (canon 138). Surge cuando es omisa, ya sea porque no existe o su desarrollo es gravemente confuso o manifiestamente contradictorio, lo cual impide tener claridad sobre los razonamientos que derivaron en la decisión adoptada en el dispositivo del fallo (vulnera el debido proceso y el derecho de defensa de las partes). En la especie, no existe un problema de falta de motivación, pues el Tribunal sí plasmó las razones que lo llevaron a adoptar la decisión cuestionada.
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Formalidades del recurso
Resumen: El casacionista no realiza el contraste de lo decidido con la infracción general que, en su criterio, tuvo lugar. El recurso de casación debe bastarse a sí mismo, en cuanto a su cabal entendimiento, para que la Sala lleve a cabo la labor contralora y evitar que tenga que verse obligada a interpretarlo, más aún, realizar una labor de juez de instancia, a fin de esclarecer todo aquello que debió decir de modo explícito y comprensible. El recurso se enfoca más a censurar la resolución impugnada, que a rebatir, de manera puntual, el fallo del Tribunal que es el que se revisa en esta instancia. Omite indicar por qué, en su criterio, el cuerpo normativo reglamentario aplicable era el Reglamento General a la Contratación Administrativa. Tal informalidad imposibilita conocer el reproche, por lo que procede desestimarlo.
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Costas
Resumen: Principio general de condena en costas al vencido, así como las excepciones donde el juzgador puede (artículo 193 Código Procesal Contencioso) o debe (mandato 194 ibídem) exonerar su pago. Cuando se adopte la decisión de aplicar dicha facultad discrecional, el fallo debe explicar las razones por las cuales se procede de esa manera. De actuarse la norma exonerando del pago de las costas al vencido, es posible conculcarla por un mal uso o uno indebido, resultando procedente el recurso de casación. En la especie, las razones expuestas por los juzgadores justifican la exoneración en costas de que fue objeto la actora.
Categoría: Repetitivo

Voto 1278-2012

Descriptor: Responsabilidad
Restrictor: Responsabilidad solidaria
Resumen: En el presente asunto, se declaró la responsabilidad solidaria administrativa por el fallecimiento de un funcionario de la Compañía Nacional de Fuerza y Luz, al recibir una descarga eléctrica durante las prácticas en un curso de electricidad impartido por el Instituto Nacional de Aprendizaje. De la pruebas se arriba al criterio que las instituciones incurrieron en omisiones que determinaron peligros y riesgos intolerables generadores de responsabilidad, por estar vinculadas al suceso como motivos de causalidad eficiente y adecuada. Por otro lado, de un dictamen médico legal y un testimonio no se logra establecer la culpa de la víctima como eximente de responsabilidad.
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Formalidades del recurso
Resumen: No podrán ser objeto del recurso de casación, cuestiones que no hayan sido propuestas ni debatidas, en forma oportuna, por los litigantes. La inobservancia de ese requerimiento determina el rechazo de plano de la censura (canon 608 Código Procesal Civil). Si el Tribunal no detalló el dictamen médico legal y el testimonio que indica el recurrente, fue porque en la apelación no se le expusieron como fundamento para que los analizara y estableciera la culpa de la víctima como eximente de responsabilidad.
Categoría: Repetitivo

Voto 1521-2012

Descriptor: Contrato de seguro
Restrictor: Concepto y alcances
Resumen: Convenio por medio del cual el asegurador se obliga a cambio de una suma de dinero (prima), a indemnizar a otra (asegurado) o a un tercero designado (beneficiario), del daño o perjuicio derivado de un suceso incierto y futuro, o bien cierto pero que no se sabe cuándo va a acontecer. Está sujeto a solemnidades, bilateral, oneroso, aleatorio ante la eventualidad de que se produzca el siniestro, de ejecución continuada y de adhesión. En estos contratos, existe un pilar de confianza entre las partes (principio de buena fe): el asegurado tiene la expectativa de que la aseguradora cumpla con lo pactado en caso de que surja el supuesto de hecho que origina el deber de indemnizar; y la compañía de seguros confía en la diligencia del asegurado de cuidar y proteger el bien asegurado, evitando actos dolosos, negligentes o imprudentes, que lesionen el bien o el negocio. Este acuerdo tiene fuerza de ley entre las partes (canon 1022 Código Civil).
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Contrato de seguro
Restrictor: Incumplimiento contractual
Resumen: El Instituto Nacional de Seguros confía en la diligencia del cliente en cuidar y proteger el bien asegurado, evitando actos dolosos, negligentes o imprudentes, que lesionen el bien o el negocio en sí. Espera de buena fe y así se establece en las condiciones especiales y generales del contrato y en el ordinal 7 de la Ley de Seguros, que el asegurado proteja diligentemente el bien asegurado, tomando las medidas y precauciones necesarias, incluso ante el evento de un siniestro, con la finalidad de aminorar las pérdidas. En el presente asunto, el demandante incurrió en negligencia y culpa grave (quebranto al principio de buena fe), al dejar un equipo electrónico (ultrasonido veterinario) de alto valor económico, en horas de la noche, a simple vista, en un vehículo estacionado en la vía pública, por lo que no puede exigir el cumplimiento del convenio o pedir que se resuelva con daños y perjuicios, ya que es parte incumpliente del contrato (artículo 702 Código Civil).
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Formalidades del recurso
Resumen: Aunque el casacionista alude indebida valoración probatoria, no indica ni especifica cuales son esos medios probatorios omitidos o indebidamente valorados que hubiesen cambiado el elenco de hechos probados de la sentencia o la valoración de los hechos, razón por la cual no procede el reparo por este motivo.
Categoría: Repetitivo

Voto 1601-2012

Descriptor: Incongruencia
Restrictor: Concepto y alcance
Resumen: Falta de relación entre lo pedido en la demanda o contrademanda y sus contestaciones, y lo resuelto en el fallo; al omitir pronunciamiento sobre algún extremo, otorgar más de lo pedido, lo resuelto no guarda correspondencia con lo pretendido o contiene disposiciones contradictorias. Este yerro no se produce en la especie. La demandante pidió la resolución del contrato de compraventa suscrito entre las partes, el Ad quem confirmó lo resuelto en primera instancia, donde se declaró sin lugar la demanda, sea, se desestimaron las pretensiones de la actora, de ahí que no se dejó de resolver sobre su pedimento, solo que se hizo contra sus intereses.
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: VIolación indireta de ley sustantitiva
Resumen: Análisis sobre el error de derecho; así como las formalidades exigidas en el recurso de casación.
Categoría: Repetitivo

Voto 1610-2012

Descriptor: Ejecución de sentencia
Restrictor: Condena en abstracto
Resumen: Dada la especialidad de la materia, los recursos de amparo y hábeas corpus determinan si se lesionó un derecho fundamental, no así la existencia de daños y perjuicios, condenando en abstracto la indemnización para luego ser analizada en un proceso de ejecución, con el fin de demostrar, liquidar y dar cumplimiento de las indemnizaciones pecuniarias (ordinal 179 del Código Procesal Contencioso). Determinar la existencia de un daño efectivo, evaluable e individualizable sufrido, y el nexo de causalidad entre la conducta violatoria del derecho fundamental y la lesión que se pretende reparar, así como su correspondiente liquidación. Los daños y perjuicios deben ser acreditados por el ejecutante, mediante los medios de prueba dispuestos por el ordenamiento jurídico.
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Legitimación procesal
Restrictor: Concepto y alcance
Resumen: La legitimación ad causam constituye una condición para que prospere la pretensión, es decir, representa un presupuesto material para dictar la sentencia de fondo estimatoria, que consiste en corroborar si quien figura como actor es el titular del derecho reclamado o bien si el demandado es la persona obligada a realizar o abstenerse de determinada conducta. Aún cuando no se plantee la excepción correspondiente, los juzgadores deben verificar ese aspecto y de percatarse de su falta, deben declararla de oficio, pues no podrían conceder un derecho a quien no le corresponde o imponerle una prestación a alguien que no figure como obligado. En la especie, el Juzgado no infringió la cosa juzgada al declarar sin lugar la ejecución contra el Estado, porque en sede constitucional, el recurso fue presentado por el licenciado, en representación de su cliente y en defensa del derecho de acceso al expediente administrativo de la amparada; por lo que carece de legitimación activa para reclamar a título personal, como lo hizo en la ejecución.
Categoría: Repetitivo

Voto 8-2013

Descriptor: Responsabilidad
Restrictor: Responsabilidad objetiva
Resumen: Análisis sobre el funcionamiento legítimo o ilegítimo, normal o anormal de la Administración (artículo 190 Ley General de la Administración Pública). En el caso bajo estudio, se condenó al Estado al pago de daño moral y su indexación a favor del actor, debido al fallecimiento de su hijo, producto del impacto de un proyectil de arma de fuego perteneciente a la Fuerza Pública. El detrimento reúne los presupuestos del numeral 194 ibídem: sea una intensidad excepcional y pequeña proporción de afectados, ya que es el fallecimiento de un ser humano y el sujeto que reclama afectación es su padre.
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Cosa juzgada material
Restrictor: Concepto y presupuestos
Resumen: Impedimento para discutir en una nueva ocasión, una contienda ya resuelta por el órgano jurisdiccional competente, teniendo esa decisión un carácter inmutable y definitivo. Es un instituto procesal que recae sobre la relación sustancial. Requiere identidad en los sujetos (criterio subjetivo), el objeto y la causa petendi (criterio objetivo). En la especie, no existe coincidencia del objeto en los dos procesos. En aquél, mediante acción punitiva, se exoneró de toda responsabilidad penal al policía imputado; en éste, con los mismos hechos de base, se peticiona la responsabilidad patrimonial del Estado. En aquel proceso, se tuvo por desistida –en forma tácita- la acción civil resarcitoria (canon 118 Código Procesal Penal), por lo que la responsabilidad patrimonial del Estado no fue un aspecto definido por la jurisdicción penal. Por ende, no se reconoce el efecto de la cosa juzgada material a ese fallo. 
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Principio non bis in idem
Restrictor: Cosa juzgada
Resumen: La exoneración de la responsabilidad penal, no implica automáticamente exoneración de la responsabilidad patrimonial. En el presente asunto, no existe coincidencia del objeto en los dos procesos. En aquél, mediante acción punitiva, se exoneró de toda responsabilidad penal al policía imputado; en éste, con los mismos hechos de base, se peticiona la responsabilidad patrimonial del Estado. En aquel proceso, se tuvo por desistida –en forma tácita- la acción civil resarcitoria (canon 118 Código Procesal Penal), por lo que la responsabilidad patrimonial del Estado no fue un aspecto definido por la jurisdicción penal. A contrario sensu, el desistimiento expreso tiene aparejada la renuncia del derecho a la indemnización y, por ende, incidencia sobre el objeto de un proceso por responsabilidad patrimonial, como especie de sanción procesal. Por ende, no se reconoce el efecto de la cosa juzgada material a ese fallo. 
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Prescripción
Restrictor: Responsabilidad administrativa
Resumen: Cómputo del plazo de prescripción de cuatro años (canon 198 Ley General de la Administración Pública), para reclamar la indemnización a la Administración. Para determinar su inicio, se necesitan dos requisitos: uno objetivo, sea el hecho o conducta que genera la lesión, y otro subjetivo, relativo a la víctima, determinado por el conocimiento sobre: a) el resultado o daño, b) la actuación causante del daño, y c) a quien se le atribuye esa conducta. Estos pueden ocurrir o no en forma simultánea. En la especie, a partir de la muerte del hijo del actor, él tuvo conocimiento de esa circunstancia y simultáneamente se generó el daño. Sin embargo, fue con la notificación del fallo de la Sala Tercera, cuando conoce que el resultado dañoso fue por la actividad de policía -casquillo hallado fue disparado por arma de la Fuerza Pública-. Es desde ese momento cuando se configura el requisito subjetivo para el inicio del cómputo del plazo prescriptivo. Dicho fallo no interrumpió el plazo, sino que marcó el inicio de su cómputo.
Categoría: Repetitivo 

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