Image

Clasificación Semanal

 

     A continuación, se enlistan las clasificaciones de las sentencias de fondo y/o conflictos de competencia (notificadas y firmes) de la Sala Primera, elaboradas, en esta semana, por el Centro Electrónico Casacional de la Sala Primera (CECA) e incluídas en la consulta de "Jurisprudencia en línea".  

 


Voto 1279-2012

Descriptor: Incongruencia
Restrictor: Concepto y alcance
Resumen: La congruencia de la sentencia es la necesaria relación entre lo solicitado por las partes en la demanda, contrademanda, sus contestaciones, y lo resuelto en el fallo. No se incurre en incongruencia si alguna, algunas o todas las pretensiones son rechazadas, pues lo que se procura es asegurar que los juzgadores resuelvan sobre lo debatido, sea que lo acojan o lo rechacen parcial o totalmente. En criterio del casacionista, se le debía otorgar los perjuicios derivados del incumplimiento de construcción de la acometida de electricidad en dos de sus fincas, aspecto que fue denegado. Ello no corresponde al yerro de incongruencia, sino a un motivo sustancial indirecto.
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Formalidades del recurso
Resumen: Se deduce un motivo sustancial indirecto, por preterición de una experticia y se citan normas de fondo que se consideran conculcadas. Sin embargo, la primera instancia no la consideró útil y la descartó, pero no fue refutado en su oportunidad. Otro cargo resulta improcedente, porque no combate lo dispuesto por el Tribunal, sino que parte de un aspecto hipotético. Igual sucede con el agravio sobre si una deposición es prueba testimonial o confesional, porque el Juzgado resolvió al respecto, sin que la recurrente manifestara su inconformidad.
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Principio de relatividad de los contratos
Restrictor: Concepto y alcance
Resumen: El principio de relatividad de los contratos dispone: “Los contratos no producen efecto sino entre las partes contratantes, no perjudican a terceros, así como no les aprovechan, salvo lo dispuesto en los artículos siguientes” (artículo 1025 Código Civil). En la especie, la servidumbre de tendido eléctrico acordada entre los representantes de dos empresas, no afecta  o restringe las fincas de otra sociedad, cuya representante estuvo presente al momento de otorgarse los negocios jurídicos, sin que los rubricara. Ello no significa que diera su consentimiento –ni aún tácito- o toleró su constitución. Al no percibir que las heredades de su representada se veían afectadas, no tenía por qué oponerse. Tampoco en su contenido se citan las fincas de esa sociedad. Por ende, no participó de modo alguno en el contrato. Según los preceptos 21y 22 ibídem, los derechos deberán ejercitarse atendiendo la buena fe. Además, la ley  no ampara el abuso del derecho o su ejercicio.
Categoría: Moderado


Descriptor: Servidumbre
Restrictor: Constitución
Resumen: La imposición de servidumbres, que en el caso es de tendido eléctrico, no puede ser por consentimiento tácito. Se está ante un gravamen real sobre un inmueble y una limitación grave del dominio, que solo puede constituirse por escritura pública de modo claro y expreso. De otro modo, significaría tutelar su constitución mediante vías de hecho, lo cual es imposible conforme los artículos 45 de la Constitución Política, 30 del Reglamento de Concesiones para el Servicio Público de Energía Eléctrica y 461 del Código Civil.
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Costas
Resumen: En los procesos civiles y agrarios, la condenatoria en costas se impone al vencido por el solo hecho de serlo, sin que implique una calificación de temeridad o mala fe  (numerales 221 Código Procesal Civil y 55 Ley de la Jurisdicción Agraria). No se produce quebranto de esos artículos si se condena al vencido. Contrariamente, cuando se exonera de ese pago, los juzgadores deben justificar su proceder, por ser la excepción a la regla; pronunciamiento que es pasible del recurso de casación, ante la presencia de eventuales errores derivados de una mala aplicación de los casos de exención y un uso indebido de la facultad de exonerar. En el sub-júdice, el Tribunal revocó parcialmente la sentencia del Juzgado e impuso el pago de las costas del proceso a la demandada, por lo que no hay quebranto normativo.
Categoría: Repetitivo

Voto 1508-2012

Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Inadmisibilidad
Resumen: El recurso bajo estudio deviene inadmisible, pues no contraria el fundamento principal que sirvió de soporte para la decisión final a que se arribó en el fallo impugnado.
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Remate
Restrictor: Arreglo de pago
Resumen: En la especie, se analiza la sentencia del Tribunal tocante a los efectos jurídicos de un arreglo de pago entre el deudor y el Banco, respecto a un proceso hipotecario, a fin de que no se celebre un remate.
Categoría: Repetitivo

Dirección

Avenida 6 y 8, calle 19 y 21, barrio González Lahmann.

Número de fax

Recepción de documentos

(506) 2257-5595

Para confirmar la recepción

(506) 2295-3659 (506) 2295-3658

Telefónos de la Secretaría de la Sala Primera

(506) 2295-3658

(506) 2295-3659

(506) 2295-3663

Oficina de Notificación

(506) 2295-3662

Oficina de exequátur y cartas rogatorias

(506) 2295-3579

Administrador sitio web

M.Sc. Mauricio Guido Núñez

Correo electrónico: mguido@poder-judicial.go.cr