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Clasificación Semanal

 

     A continuación, se enlistan las clasificaciones de los autos, conflictos de competencia y/o las sentencias (notificadas y firmes) de la Sala Primera elaboradas, en esta semana, por el Centro Electrónico Casacional de la Sala Primera (CECA) e incluídas en la consulta de "Jurisprudencia en línea".  

     Aclaración: Esta labor se centra en las resoluciones votadas, notificadas y firmes en el presente año. Sin embargo, puede mostrarse clasificaciones de otros años debido a un esfuerzo por depurar y actualizar la base de datos. 

 


Sala Primera

 

Autos


Voto 470-A-2017

Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Competencia para resolver
Resumen: Tocante a la naturaleza jurídica de las sentencias dictadas por esta Sala en virtud del recurso de casación en materia agraria, las resoluciones emitidas por este órgano colegiado en el ejercicio de sus competencias de Sala de Casación Agraria no tienen recurso alguno, salvo el de responsabilidad penal, de ahí que son irrecurribles por cualquier medio (normas 563 Código de Trabajo y 61 Ley de la Jurisdicción Agraria).  Ergo, es improcedente la medida planteada, ante lo cual se impone su rechazo, por carecer del recurso de revocatoria pretendido.
Categoría: Repetitivo

Voto 471-A-2017

Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Resolución impugnable
Resumen: En la Ley de Cobro Judicial del 20/05/2008, todas las resoluciones que se dicten en procesos de esta naturaleza, tendrán autoridad y eficacia de cosa juzgada formal. En efecto, el artículo 37.g deroga el numeral 165 del Código Procesal Civil, concretamente la frase: salvado el caso de prescripción". Con esa derogatoria, ni los procesos sumarios ni los de ejecución producen cosa juzgada material. Además, el precepto 7 de la Ley citada establece la cosa juzgada formal en los monitorios, aplicable a todos los cobratorios. En el caso concreto, la resolución recurrida declara mal admitido el recurso de apelación. Asimismo, refiere al tema de costas personales del  promovente, casándose por motivos de fondo, por violación de ley. La resolución recurrida no tiene el carácter de cosa juzgada material, lo que determina el rechazo ad portas del presente recurso de casación.
Categoría: Repetitivo

Voto 472-A-2017

Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Proceso disciplinario
Resumen: El artículo 158 del Código Notarial confiere competencia limitada a la Sala Primera para analizar lo pecuniario, por supuesto, cuando ha mediado pretensión resarcitoria. El examen de lo disciplinario e imposición de la sanción corresponderá cuando en lo pecuniario, que es lo que da cabida al recurso, la inconformidad del impugnante radica en la existencia o inexistencia de la falta atribuida al notario. Como en el caso concreto se desestimó el reclamo pecuniario, el recurrente carece de legitimación y la norma impide impugnar ante esta Sala. Lo anterior resulta acorde con el voto 3582-2017 de la Sala Constitucional.
Categoría: Repetitivo

Voto 473-A-2017

Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Formalidades del recurso
Resumen: La incongruencia se produce cuando no existe relación entre lo pedido por las partes en sus escritos de demanda o contrademanda, como en sus respectivas contestaciones, y lo resuelto en la parte dispositiva del fallo; situación distinta a la que aquí se plantea, en donde lo acusado es el monto concedido por daño moral, el que estima carece de fundamentación. Para que sea motivo de casación, es menester haber agotado los remedios procesales para su corrección (norma 598 Código Procesal Civil), lo que se echa de menos. El otro cargo resulta ambiguo, porque no se profundiza en un análisis que evidencie el quebranto que se endilga al fallo impugnado. Pese a que cita los artículos 39 y 41 de la Constitución Política, no explica de manera clara y precisa la forma en que se produjo su violación y el modo en que inciden en la decisión del tribunal que combate. Lo anterior dice de su informalidad, por lo que se rechaza de plano.  
Categoría: Repetitivo

Voto 474-A-2017

Descriptor: Adición y/o aclaración
Restrictor: Concepto y alcance
Resumen: La adición y aclaración, atinentes a la parte dispositiva de la sentencia, procederán cuando contenga omisiones o conceptos oscuros (precepto 158 Código Procesal Civil). Nada de ello presenta el “Por tanto” del fallo cuestionado. Tampoco existe motivo para decretar su nulidad, pues las razones que se emiten a ese propósito, más que justificar un vicio que la genere, revelan inconformidad con la decisión de fondo, la cual deviene irrecurrible (voto 474-A-2017).
Categoría: Repetitivo

Voto 475-A-2017

Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Ejecución de sentencia
Resumen: En procesos de ejecución de sentencia, la competencia de esta Sala se contrae a determinar si el fallo recurrido es contrario a la sentencia ejecutoriada. El artículo 704 del Código Procesal Civil obliga, como requisito de admisibilidad y procedencia, a reclamar la violación de las leyes relativas al valor de la cosa juzgada. En el recurso que se analiza, no se acusa quebranto de la cosa juzgada, ni se cita la violación de los artículos 162 y 163 del Código Procesal Civil, que son a la postre los que se infringirían de irrespetarse ese instituto.
Categoría: Repetitivo
En igual sentido, véase el voto 478-A-2017.

Voto 476-A-2017

Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Resolución impugnable
Resumen: La resolución de la Jueza de Ejecución que condenó al pago de costas personales e intereses, a favor del ejecutante, tipifica un auto liquidatorio -juicio de valor- que no es pasible del recurso de casación, sino del recurso de apelación ante el Tribunal de Apelaciones de lo Contencioso Administrativo.
Categoría: Repetitivo
En igual sentido, véase el voto 490-A-2017.

Voto 479-A-2017

Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Formalidades del recurso
Resumen: Estima esta Cámara, los reproches planteados informales. Pese a que dicen formular el recurso de casación por violación a normas sustantivas, no enuncian los reparos puntualmente (numeral 138 Código Procesal Contencioso Administrativo). No concreta en qué consiste la infracción acusada y omiten la fundamentación jurídica.
Categoría: Repetitivo

Voto 492-A-2017

Descriptor: Recurso de revisión
Restrictor: Extemporaneidad
Resumen: El recurso de revisión procede solamente contra una sentencia firme con autoridad de cosa juzgada material, en causales taxativas. Tiene por objeto combatir los efectos procesales del fallo. Le corresponde a esta Sala verificar la comunidad de ambas exigencias, y en caso de incumplimiento, disponer el rechazo de plano del recurso. Para efectos de admisibilidad, también se debe considerar el plazo para presentar la demanda de revisión. Se fija en tres meses contados, entre otros supuestos, desde la fecha del fallo, a partir del momento en que se descubren documentos o el fraude, del día cuando cesó el impedimento, se declaró la falsedad de aquellos o el falso testimonio (normas 149, 619 y 620, párrafo final, Código Procesal Civil). En el presente caso, transcurrió el trimestre para la revisión pretendida.
Categoría: Repetitivo

Voto 493-A-2017

Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Formalidades del recurso
Resumen: La incongruencia se produce cuando no existe relación entre lo pedido por las partes en sus escritos de demanda o contrademanda, como en sus respectivas contestaciones, y lo resuelto en la parte dispositiva del fallo; situación distinta a la que se plantea, en donde lo acusado es que el Tribunal no entró a conocer el recurso por el fondo, al considerarse que no atacó como debía la sentencia de primera instancia en cuanto a los hechos y la valoración realizada por la juzgadora. Su inconformidad radica en que no comparte las razones por las que fueron rechazados sus agravios, lo que comporta un vicio ajeno a la incongruencia. El Tribunal, además, no pudo infrigir el artículo 594.3 del Código Procesal Civil, por ser el que regula el recurso de casación. Por último, para que sea admisible el recurso por la forma, es necesario que se haya pedido ante el tribunal correspondiente la rectificación del vicio, y que se hayan agotado todos los recursos que quepan contra lo resuelto (artículo 598 del Código Procesal Civil). Las anteriores desatenciones, evidencian la informalidad de los cargos y su rechazo de plano.
Categoría: Repetitivo

Voto  514-A-2017

Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Ofrecimiento de prueba
Resumen: En criterio de esta Sala, carece de interés el pronunciamiento sobre los elementos aportados por el casacionista como prueba para mejor resolver; toda vez que aquellos son los que tienen relación con las censuras que en este auto están siendo rechazadas de plano.
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Preterición de prueba
Resumen: La preterición probatoria ocurre cuando al ponderar el elenco de elementos demostrativos deja de examinarse uno o alguno de ellos; omitiéndose así su análisis. Para estudiar el alegato es indispensable mencionar cual o cuales fueron las probanzas dejadas de examinar, citar la norma que por el fondo está siendo conculcada, puntualizando con claridad en qué consiste el yerro que se acusa cometido, relacionando el contenido de esa norma con los fundamentos del fallo y explicando la incidencia que sobre el dispositivo tiene la incorrección que se reclama. El casacionista señala las probanzas que estimó dejaron de revisarse y cita una norma de fondo, pero omite plantearlo con la fundamentación debida. Véase, el fallo controvertido explica la razón por la cual el acto impugnado carece de la motivación debida. Sin embargo, esos fundamentos no fueron combatidos fáctica y jurídicamente por el objetante.
Categoría: Repetitivo

Voto 519-A-2017

Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Resolución impugnable
Resumen: La resolución de la Jueza de Ejecución que condenó al pago de costas personales e intereses, a favor del ejecutante, tipifica un auto liquidatorio -juicio de valor- que no es pasible del recurso de casación, sino del recurso de apelación ante el Tribunal de Apelaciones de lo Contencioso Administrativo.
Categoría: Repetitivo

Voto 539-A-2017

Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Desistimiento
Resumen: En presente asunto, se desiste del recurso de casación interpuesto. Al tenor de los preceptos 112 y 113.5 del Código Procesal Contencioso Administrativo, se procede, sin dilación, a admitir dicho desistimiento y declarar firme la resolución recurrida.
Categoría: Repetitivo


Voto  543-A-2017


Descriptor: Recurso de nulidad
Restrictor: Desestimiento
Resumen: Los representantes de las sociedades actora y demandada, manifestan haber suscrito un arreglo privado entre ambas, con el cual se dan por satisfechas de sus intereses respectivos. En consecuencia, solicitan se tenga por desistido el recurso de nulidad interpuesto por la demandada contra el laudo. Al tenor de los artículos 208 y 209 del Código Procesal Civil, aplicables a este tipo de asuntos por expresa disposición del canon 39 de la Ley RAC, procede, sin mayor trámite, admitir dicho desistimiento y declarar firme el laudo recurrido. En consideración a la petición expresa de ambas partes, se resolverá sin condenatoria en costas.
Categoría: Repetitivo

Voto 559-A-2017

Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Competencia para resolver
Resumen: El presente recurso de casación, originado en un proceso sucesorio, corresponde conocerlo a la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia (artículos 54 y 55.1 Ley Orgánica del Poder Judicial), razón por la cual procede declinar la competencia y remitirle el asunto.
Categoría: Repetitivo

Voto  560-A-2017

Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Recurso de revocatoria
Resumen: Contra las sentencias dictadas por las Salas de Casación no cabe recurso alguno y contra las demás resoluciones sólo procede el de revocatoria, si se interpone dentro de tercero día (artículo 618 del Código Procesal Civil). En el presente caso, la gestión presentada resulta extemporánea e improcedente ante esta Cámara (ordinal 196 ibídem), motivo por el que se rechaza de plano (voto 650-A-2017).
Categoría: Repetitivo

Voto 562 -A-2017

Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Resolución impugnable
Resumen: El casacionista recurre la resolución del Tribunal de Apelaciones de lo Contencioso Administrativo que confirmó la resolución del Juzgado Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda. Esa decisión no corresponde a ninguna de las autorizadas por el Código Procesal Contencioso Administrativo para interponer el recurso de casación. Por ende, el recurso será rechazado de plano.
Categoría: Repetitivo

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