Clasificación Semanal
A continuación, se enlistan las clasificaciones de los autos, conflictos de competencia y/o las sentencias (notificadas y firmes) de la Sala Primera elaboradas, en esta semana, por el Centro Electrónico Casacional de la Sala Primera (CECA) e incluídas en la consulta de "Jurisprudencia en línea".
Aclaración: Esta labor se centra en las resoluciones votadas, notificadas y firmes en el presente año. Sin embargo, puede mostrarse clasificaciones de otros años debido a un esfuerzo por depurar y actualizar la base de datos.
Fondo
Voto 4-F-2018
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Violación indirecta y directa de ley sustantiva
Resumen: Análisis sobre el recurso de casación por el fondo, por vulneración legal directa e indirecta, última por error de hecho o de derecho en la valoración de la prueba.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Formalidades del recurso
Resumen: Las censuras en estudio resultan inadmisibles. El casacionista expone el tipo de error que acusa, la idea central de su planteamiento, los documentos que estima mal apreciados, sus argumentaciones en cuanto al por qué estima se da el error, las normas relativas al valor de la prueba, así como la cita de los artículos conculcados por el fondo. Empero, no explica cómo se produce la infracción de esas normas que cita y transcribe. En los cargos donde alega error de hecho, no demuestra que ha existido errores de naturaleza material al examinar el acervo probatorio. En los restantes motivos, no combate los sustentos tanto de la sentencia de primera instancia cuanto la del Tribunal, lo que impide a esta Sala analizar por el fondo los alegatos esgrimidos.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Prescripción
Restrictor: Concepto y alcance
Resumen: Pérdida de posibilidad de un acreedor de ejercer un derecho si deja transcurrir un plazo establecido por ley. Su aplicación garantiza el resguardo de la seguridad jurídica, evitando así la existencia de situaciones de incerteza generadas por el no uso un derecho con el paso del tiempo; ya que no basta ser consciente de que se tiene un derecho sino que este debe de ejercitarse dentro de un plazo legalmente establecido. En ese sentido, véase las resoluciones 509-2007 y 510-2014.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Prescripción
Restrictor: Cómputo del plazo
Resumen: El momento a partir del cual puede hacerse valer el derecho mediante la interposición de una demanda debe entenderse efectivo, cuando el acreedor cuenta con la certeza de que tiene un derecho cierto y real para ejercer y reclamar (cardinal 969 Código Civil). En la especie, el momento cuando pudo el Instituto Nacional de Seguros hacer valer su derecho de ejercitar el reclamo, lo fue cuando concluyó totalmente el procedimiento sancionatorio. Tiempo en el cual, tuvo la convicción de que se había generado un menoscabo económico en su patrimonio por parte de la contra parte. De haber presentado el Instituto la demanda antes de confirmar la realidad de su daño, lo hubiera colocado eventualmente en una posición de litigante temerario. Por ende, su derecho al cobro de los daños no se encontraba prescrito.
Categoría: Repetitivo
Voto 5-F-2018
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Concepto y alcance
Resumen: La calificación que los recurrentes otorguen a sus reclamos no es óbice para proceder con su examen. A la Sala le corresponde su clasificación jurídica, para lo cual acude al fondo y verdadera naturaleza del alegato, más que a su denominación (en ese sentido, véase los fallos 979-2006 y 254-2008). En este caso, el casacionista invocó un único motivo procesal. Sin embargo, de sus argumentos se colige que se trata de un vicio procesal por incongruencia y otro sustantivo por la falta de aplicación de una ley y un decreto; por lo que se procede a su estudio según esta calificación.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Incongruencia
Restrictor: Concepto y alcance
Resumen: Análisis sobre el vicio de incongruencia. Se reprocha supuestas contradicciones en los considerandos del fallo impugnado, al indicar que el actor tenía legitimación aunque insuficiente, pero en el “por tanto” se declaró sin lugar la demanda por falta de legitimación ad causam. El Tribunal, en lo medular, estudió la legitimación como elemento material de la pretensión. Analizó que el actor carece de ella, pues estimó que la indemnización por la constitución de la servidumbre eléctrica y la imposición de limitaciones para construir debajo de las líneas de transmisión, ya fue cancelada a quien era el propietario al momento de su constitución, de modo que los posteriores compradores carecen de legitimación para requerir la indemnización, al adquirir el bien soportando esos gravámenes. En esa inteligencia redactó la parte dispositiva, declaró la falta de legitimación ad causa del presente proceso y sin lugar la demanda. Por ende, la contradicción argüida no se configuró en la especie.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Servidumbre
Restrictor: Indeminzación
Resumen: Análisis de la servidumbre administrativa, en concreto, como figura similar a la expropiación, la disponibilidad limitada del bien y la legitimación del titular para defender su derecho o requerir una indemnización ante cualquier circunstancia que altere el gravamen (resolución 4878-2002 Sala Constitucional y 156-2017 Sala Primera). El derecho de propiedad es el perjudicado por esas imposiciones. Si posteriormente surgen nuevos extremos indemnizatorios que no fueron cubiertos en su oportunidad o el gravamen se amplía, el propietario ostentará la legitimación para reclamar la indemnización. Por otra parte, el precepto 8 de la Ley de Expropiaciones señala que el nuevo titular del bien objeto de expropiación subroga al anterior en sus obligaciones y derechos. Para el caso concreto, no cabe duda que el accionante, como dueño actual del inmueble, ostenta la legitimación para hacer los reclamos esbozados.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Reenvío
Resumen: La Sala acoge el recurso de casación y anula el fallo cuestionado. Como el Tribunal sólo resolvió el tema de la legitimación y no los otros presupuestos materiales del proceso (derecho e interés actual), se reenvía el expediente al Tribunal de origen para que resuelva conforme a derecho, toda vez que la Sala no puede realizar esta labor como única instancia, pues afectaría el derecho de defensa de las partes, el debido proceso y la doble instancia.
Categoría: Repetitivo
Voto 6-F-2018
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Ofrecimiento de prueba
Resumen: Se presentan copias simples de sentencias dictadas por el Juzgado Contencioso Administrativo junto con el recurso de casación y, posteriormente, otros nuevos fallos notificados por el mismo despacho. Estima la Sala, la primera documental incumplió con el requisito formal de carácter imperativo de jurar no haberlos conocido con anterioridad (cardinal 145.1 del Código Procesal Contencioso Administrativo), aunado a que las fechas de las resoluciones y su respectiva notificación eran previas a la interposición del recurso y el dictado de la sentencia recurrida; por lo que procede su rechazo de plano. Se deniegan también las posteriores, al no indicar que referían a hechos nuevos y posteriores al fallo recurrido. En todo caso, el aporte de la probanza tiene como fin ejemplificar a esta Cámara cómo se han resuelto otros procesos similares, lo que torna improcedente su recibo.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Casación por razones procesales
Resumen: La causal de indefensión subsiste en supuestos donde una parte no tuvo la oportunidad real de ejercer su defensa, es decir, le fue birlado tal derecho o hubo infracciones al debido proceso en su perjuicio. El recurrente delimitó su afectación respecto a que un extremo de la sentencia no se resolvió de la misma forma que en otros procesos cuyo objeto era similar al presente. Tal situación no constituye un vicio procesal ni causa indefensión por el simple hecho de que se adopte una decisión diversa a aquellos. Cada caso debe valorarse por separado, atendiendo al material probatorio allegado a los autos y las circunstancias fácticas que lo componen. Si la parte quedó disconforme con la decisión, pudo combatirla con reproches sustantivos. Por otro lado, respecto a la falta de motivación aducida, esta Cámara estima que la sentencia cuestionada brinda de forma cimentada las razones que condujeron a la Juzgadora a resolver como lo hizo.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Jurisprudencia
Restrictor: Concepto y alcance
Resumen: El recurrente delimitó su afectación respecto a que un extremo de la sentencia no se resolvió de la misma forma que en otros procesos, cuyo objeto era similar al presente. Cada caso tiene sus propias particularidades y son diversas las razones por las cuales situaciones fácticas similares pueden tener resultados jurídicos distintos. Si bien los antecedentes constituyen un parámetro de guía para futuras resoluciones, ello no significa que sean vinculantes. Cada caso debe valorarse por separado, atendiendo al material probatorio allegado a los autos y las circunstancias fácticas que lo componen. De este modo, aunque existan otros procesos donde el objeto de debate haya sido similar al presente, no se causa indefensión por el simple hecho de que se adopte una decisión diversa a aquellos.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Daño
Restrictor: Daño moral
Resumen: Análisis de la determinación y cuantificación del daño moral subjetivo. La Sala Constitucional declaró con lugar amparo contra el Ministerio de Educación Pública, por infracción al acceso a la información administrativa, al haber transcurrido 14 días hábiles sin que el amparado recibiera respuesta. El Juzgado declaró con lugar la ejecución de la sentencia y condenó por daño moral subjetivo. El ejecutante plasma esa lesión en la frustración y estrés generados por las reiteradas solicitudes hechas a las entidades administrativas, sin recibir respuesta. Sobre ello, solo consta una única solicitud. Tampoco explica cómo la omisión administrativa de proporcionar los datos relativos a si las escuelas y colegios privados acreditados por el Ministerio debían cumplir con el Reglamento de Evaluación de los Aprendizajes y los lineamientos de las Direcciones Regionales de Educación, le afectó anímicamente. No acreditó, ni aún mediante indicios, la existencia del menoscabo que pretende se vincule a la negativa administrativa a brindarle los datos requeridos. Ergo, se deniega dicho extremo. Consecuentemente, resulta irrelevante analizar si su cuantificación fue o no correcta.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Costas
Restrictor: Exoneración
Resumen: La parte vencida puede ser exonerada del pago de las costas, cuando por la naturaleza de las cuestiones debatidas haya existido, a juicio del Tribunal, motivo bastante para litigar (cardinal 193.b Código Procesal Contencioso Administrativo). Lo anterior, en criterio de esta Cámara, acaece en el subexamine, porque mediante este recurso se dio razón a lo expuesto por el representante estatal al contestar la ejecución, respecto a la improcedencia del daño moral subjetivo, con lo cual se aprecia tuvo motivos para oponerse. Asimismo, su buena fe se evidenció cuando se allanó al pedido de cancelación de las costas personales del recurso de amparo.
Categoría: Repetitivo
Voto 7-F-2018
Descriptor: Procedimiento administrativo
Restrictor: Intimación de cargos
Resumen: El traslado de cargos es el impostergable acto de puesta en conocimiento al investigado de los hechos y/o conductas que se le imputan, las pruebas que constan en autos y los derechos en el procedimiento para preparar su defensa y contradictorio (votos 18654-2007 Sala Constitucional y 59-2014 Tribunal de Casación). El órgano director dictó un auto de intimación sin ajustarse a la técnica debida. De forma genérica y no circunstanciada, se le intimó al contratista sobre presuntos incumplimientos de las especificaciones del cartel, sin precisar cuáles cláusulas fueron inobservadas o realizadas de forma defectuosa, ni hizo referencia al cuadro fáctico sobre el cual versaría el procedimiento. A lo sumo, se desprende un hecho del desprendimiento de repellos colocados, que luego la Junta Directiva estimó no achacarle responsabilidad. Es inadmisible que por un peritaje, la Administración introduzca hechos nuevos que varían sustancialmente el objeto del procedimiento definido en el auto de intimación y con base en ellos fundamente una sanción, sin antes notificarle al investigado la ampliación de cargos. Esta incongruencia implica indefensión, lo que torna nulo el acto final.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Sentencia
Restrictor: Dimensionamiento de la sentencia
Resumen: La Sala anuló el acto final de un procedimiento sancionatorio tramitado en contra de un contratista, al existir incongruencia entre el auto de intimación y lo resuelto; por lo que de lógica produce menoscabo en su esfera jurídica que merece resarcimiento. Tocante al pedimento sobre la erogación pecuniaria para ejercer su defensa y la ejecución de la garantía de cumplimiento, el actor no aportó prueba que acredite tanto su existencia como la extensión patrimonial, de ahí que no sea posible para esta Sala dictar una condena concreta. Se concede al accionante el daño material como consecuencia directa e inmediata de la conducta desplegada por la Junta demandada dentro del procedimiento administrativo, el cual deberá ser acreditada, determinada y cuantificada en etapa de ejecución de sentencia (artículo 122.m.iii Código Procesal Contencioso Administrativo).
Categoría: Repetitivo
Voto 10-F-2018
Descriptor: Costas
Restrictor: Exoneración
Resumen: Análisis sobre el motivo suficiente para litigar (canon 193.b Código Procesal Contencioso Administrativo). A raíz del terremoto de Cinchona y Vara Blanca, se emitió el decreto ejecutivo 34993, el cual declaró estado de emergencia. El Consejo Nacional de Vialidad, contratando una empresa, realizó obras en la vía pública y en el terreno de la actora, en aras de darle estabilidad; quien ahora demanda daños por el ingreso de la maquinaria. El Tribunal rechazó la demanda sin especial condenatoria en costas, al estimar que hubo motivo suficiente para litigar. La accionante demandó conociendo de antemano que muchos de los hechos y daños reclamados no fueron ocasionados por la Administración, sino por el efecto del terremoto acaecido en la zona. Por ende, existe una indebida aplicación del citado numeral. Ante una demanda sin sustento fáctico, jurídico y probatorio suficiente, las Administraciones demandadas tuvieron que realizar una serie de actuaciones y adoptar medidas para defender su posición y demostrar que las actuaciones de reparación si estuvieron ajustadas al marco de legalidad; por lo que se impone el pago de ambas costas a la demandante.
Categoría: Repetitivo
Voto 22-F-2018
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Formalidades del recurso
Resumen: El cargo procesal será rechazado de plano cuando no se hayan agotado los recursos que quepan contra lo resuelto (numeral 597 Código Procesal Civil); lo cual sucede en la especie. El casacionista cuestiona la falta de competencia material de los juzgadores civiles, al estimar que la figura del dolo está reservado a la vía penal. Este punto fue resuelto por el Tribunal en apelación, al estimar que se encontraba precluido, porque la defensa previa se declaró sin lugar, sin que fuera recurrido por el demandado. Además, se rechazará de plano el recurso por falta de fundamentación, si no expresa con claridad y precisión en que consiste la infracción (ordinales 596 y 597, párrafo segundo, ibídem). De los reparos en estudio, no combate las explicaciones que los juzgadores ofrecieron para tomar su determinación sobre la no producción de la cosa juzgada material y la posibilidad de discutir la responsabilidad civil que se reclama en este proceso; así como la posibilidad de que una conducta dolosa pueda ser revisada en materia civil.
Categoría: Repetitivo
Voto 23-F-2018
Descriptor: Incongruencia / Principio iura novit curia
Restrictor: Concepto y alcance
Resumen: Análisis sobre la incongruencia y el principio iura novit curia. El hecho de que las disposiciones legales aplicadas por el juzgador no coincidan con las invocadas por el actor, no supone que la sentencia adolezca de alguna especie de incongruencia.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Formalidades del recurso
Resumen: Mediante el recurso de casación es imposible resolver asuntos no debatidos en instancias anteriores (precepto 608 Código Procesal Civil). Realizado el estudio de la sentencia de primera instancia y la exposición de agravios en el recurso de apelación de la actora, resulta evidente de que lo acusado sobre la existencia de un enriquecimiento sin causa no fue desarrollado. Por ende, la Sala no puede entrar a conocerlo.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Sociedad anónima
Restrictor: Ganancial
Resumen: El presente conflicto no es de índole mercantil sino familiar, por lo que se debió plantear en esa jurisdicción. Así lo hizo ver acertadamente el Tribunal, al indicar: “no puede ahora argumentarse por qué la sociedad anónima familiar constituida para adquirir el inmueble e inscribirlo a su nombre, deba ahora convertirse en deudora del actor, máxime porque los activos y pasivos de esa mercantil deberán, eventualmente, ser objeto de liquidación en el proceso de divorcio que las partes formularon para disolver su vínculo conyugal, y será ahí donde a las partes les corresponda percibir la distribución de activos y pasivos que conforman esa mercantil. Es por esto que la demanda formulada no puede ser acogida”. Estima la Sala, no se trata de un enriquecimiento sin causa, sino de un conflicto patrimonial de índole familiar. Es claro que las sociedades anónimas tienen como finalidad última permitir y facilitar el desarrollo de actividades comerciales, no proteger bienes gananciales, menos en perjuicio de la familia.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Costas
Restrictor: Condena al vencido
Resumen: El actor debió tener claro antes de plantear el presente caso, que el fondo de la discusión es un tema de bienes gananciales que debió ser resuelto dentro del proceso de divorcio y no en esta vía, dándole un tinte mercantil que no tiene. Por ende, no existe buena fe y es por ello que deberá cargar con las costas que generó el proceso, incluso las referidas a la demanda contra un banco, quien tuve que ser traído al proceso.
Categoría: Poco relevante
Voto 24-F-2018
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Casación por razones procesales
Resumen: Se acusa falta de motivación del fallo, por estimar que se desconocen los fundamentos del Juzgado al condenar al pago por daño moral subjetivo. Estima la Sala, la resolución no es omisa, por el contrario, cuenta con la motivación del caso, cuyo desarrollo no es confuso ni contradictorio, sino que se aprecian con total claridad las consideraciones que contribuyen a llegar a lo resuelto.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Interés difuso
Restrictor: Concepto y alcance
Resumen: Análisis sobre el interés difuso, la protección del ambiente, la legitimación amplia para acudir a la Jurisdicción Constitucional y el deber de acreditar si es damnificado (daños y perjuicios) por el hecho origen del acogimiento del recurso de amparo.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Responsabilidad
Restrictor: Responsabilidad objetiva
Resumen: La Administración Pública responde por todos los daños que cause su funcionamiento, legítimo o ilegítimo, normal o anormal. Se trata de una responsabilidad objetiva, en la cual interesa la relación causal entre el hecho y daño. Corresponde al juzgador corroborar la existencia de un daño efectivo; el cual debe ser evaluable e individualizable, y derivado de una conducta apta para el surgimiento de la responsabilidad. Examina, además, el nexo de causalidad, como elemento necesario para imputar el daño al comportamiento específico que lo ha provocado. Procederá reparar todo daño que se cause a los derechos subjetivos ajenos por faltas de los servidores cometidas en el desempeño de los deberes del cargo o con ocasión del mismo (artículos 190 y 191 Ley General de la Administración Pública).
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Daño
Restrictor: Daño moral
Resumen: La Sala Constitucional declaró con lugar un recurso de amparo al estimar que la Dirección Regional de Educación de Liberia vulneró al amparado su derecho de petición, por solicitarle un requisito arbitrario para obtener una información. Además, porque, posteriormente, no le entregaron la documentación pedida cuando se presentó personalmente. El Juzgado declaró con lugar la ejecución de la sentencia y condenó al Estado por daño moral subjetivo. Si bien consideró que el ejecutante acudió a la sede constitucional en defensa de intereses difusos, sin brindar mayores explicaciones, tuvo por hecho que el amparado sufrió una lesión en su intimidad, por la dilación de la Administración al brindar los datos solicitados. Como se aprecia de la demanda de ejecución, él no logra explicar de forma clara y precisa como esa omisión administrativa, le afectó anímicamente. No logra acreditar, ni aún mediante indicios, la existencia del menoscabo moral que pretende se vincule a dicha negativa administrativa.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Costas
Restrictor: Exoneración
Resumen: La parte vencida puede ser exonerada del pago de las costas, cuando por la naturaleza de las cuestiones debatidas haya existido, a juicio del Tribunal, motivo bastante para litigar (cardinal 193.b Código Procesal Contencioso Administrativo). Lo anterior, en criterio de esta Cámara, sucede en el asunto de análisis, pues se le ha dado razón a la representación estatal al contestar la ejecución respecto a la improcedencia del daño moral subjetivo, con lo que se aprecia tuvo motivos para oponerse. Asimismo, su buena fe se evidenció cuando se allanó al pedido de cancelación de las costas personales del recurso de amparo. De ahí que se declara el asunto sin especial condena en costas.
Categoría: Repetitivo
Voto 37-F-2018
Descriptor: Caducidad de la acción
Restrictor: Proceso de plena jurisdicción
Resumen: La pretensión es de un proceso de plena jurisdicción, toda vez que no se circunscribe a la anulación de un acto administrativo dictado por el Consejo de Jueces, mediante el cual se cesó a la actora de su puesto, sino también del reconocimiento de una situación jurídica individualizada y la adopción de las medidas adecuadas para su pleno restablecimiento, incluida la indemnización de daños y perjuicios. Por ende, el plazo máximo que tenía la actora para haber incoado el proceso era de un año, el cual debía contarse desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado (artículo 39 Código Procesal Contencioso Administrativo). En virtud de haber acaecido este plazo fatal, la demanda devino en extemporánea y, por ende, caduca, lo cual obligó al Tribunal a declarar la inadmisión de la demanda.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Daño
Restrictor: Principio lo accesorio sigue lo principal
Resumen: La pretensión indemnizatoria planteada en el reclamo subsidiario, obviamente reviste un carácter accesorio a la pretensión anulatoria principal. Como consecuencia de que el Tribunal declaró la caducidad de la acción, refiriéndose expresamente a las peticiones indemnizatorias, acogió la defensa de falta de derecho.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Costas
Restrictor: Condena al vencido
Resumen: La actora sabedora al interponer el presente proceso, que sus pretensiones iban más allá de la mera nulidad del acto administrativo cuestionado, sea, que se trataba de pretensiones de plena jurisdicción y no de un mero reclamo civil de hacienda, debió incoarlo en el plazo de un año (artículo 39.a Código Procesal Contencioso Adminstrativo). El haberlo hecho a destiempo, pese a lo dicho, lleva a la inexistencia de “motivo bastante para litigar”. La actora debió saber que su acción no prosperaría y, por lo tanto, debió abstenerse de plantearla, por lo que deberá cargar con ambas costas del proceso.
Categoría: Repetitivo