Clasificación Semanal
A continuación, se enlistan las clasificaciones de los autos, conflictos de competencia y/o las sentencias (notificadas y firmes) de la Sala Primera elaboradas, en esta semana, por el Centro Electrónico Casacional de la Sala Primera (CECA) e incluídas en la consulta de "Jurisprudencia en línea".
Aclaración: Esta labor se centra en las resoluciones votadas, notificadas y firmes en el presente año. Sin embargo, puede mostrarse clasificaciones de otros años debido a un esfuerzo por depurar y actualizar la base de datos.
Fondo 2018
Voto 885-F-2018
Descriptor: Prescripción
Restrictor: Concepto y alcance
Resumen: En la prescripción negativa se pierde un derecho. Para ello, basta el transcurso del tiempo y que sea alegado por la parte (artículo 865 Código Civil). La acción para hacer efectivo ese derecho, se extingue por la prescripción del mismo derecho (numeral 866). Todo derecho y su correspondiente acción prescriben en un plazo decenal (norma 868). Aquella por meses y por años se cuenta de fecha a fecha (canon 881). En el caso de estudio, la demanda se presentó el año 2004. Empero, la sucesión fue notificada en el año 2012; siendo este el primer acto interruptor del plazo prescriptivo. Por ende, para ese momento habían transcurrido 13 años, lapso de tiempo que supera sobradamente el decenal previsto en el ordenamiento jurídico aplicable.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Prescripción
Restrictor: Interrupción del plazo
Resumen: Cita de las causas de interrupción de la prescripción (artículos 876 y 879 Código Civil).
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Prescripción
Restrictor: Suspensión del plazo
Resumen: Cita de las situaciones donde el plazo de prescripción se suspende o no corre (ordinal 880 Código Civil).
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Unión de hecho / Recurso de casación
Restrictor: Declaratoria judicial / Competencia para resolver
Resumen: La declaratoria de convivencia debe hacerse ante la jurisdicción de familia, siguiendo el proceso abreviado. Entonces, para pretender en la vía agraria, la restitución de la mitad de los bienes fundándose en una unión de hecho, se tuvo que haber obtenido primero tal declaratoria en la sede competente, lo cual no hizo. Por ende, no cabría ahora otorgar los efectos de ese reconocimiento, el cual no se ha demostrado exista en sede de familia. En este sentido, carecía de competencia material el Tribunal Agrario para decretar la existencia o no de una unión de hecho, como tampoco la tiene esta Sala. Es un aspecto sobre el cual no se puede emitir pronunciamiento, puesto que ello podría generar cosa juzgada material, debiéndose determinar en la vía correcta su procedencia o improcedencia.
Categoría: Repetitivo
Voto 937-F-2018
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Ofrecimiento de prueba
Resumen: Distinción entre la prueba del canon 145 y la establecida en el numeral 148, ambos del Código Procesal Contencioso Administrativo. Las probanzas ofrecidas obedecen a hechos nuevos, acaecidos con posterioridad a la sentencia recurrida. No obstante, sólo establecen definiciones sobre un plan de manejo para el trámite de la viabilidad ambiental, el cual resulta irrelevante para la resolución de este asunto .
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Sentencia
Restrictor: Plazo para resolver
Resumen: Distinción entre el proceso de juicio oral y el de puro derecho; así como el plazo perentorio y ordenatorio respectivamente, para emitir el fallo y su notificación; último que, en caso de incumplimiento, no tiene la virtud de anular el fallo (artículos 111 Código Procesal Contencioso Administrativo y 82.4 de Reglamento Autónomo de Organización y Servicio de la Jurisdicción Contencioso Administrativa). Véase las resoluciones 1000-2010 y 1360-2010.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Conclusiones
Restrictor: Concepto y alcance
Resumen: En la fase conclusiva, la presencia física de los juzgadores no resulta imprescindible, toda vez que las manifestaciones que en esa ocasión se rindan, constituyen un extracto de lo oportunamente expuesto por las partes a lo largo del proceso. Cabe agregar, quedan a su vez consignadas en los medios electrónicos o magnéticos del caso, para el oportuno conocimiento del Tribunal, de manera que la ausencia de los juzgadores en modo alguno reviste alguna gravedad. Ver resoluciones 1322-2011 y 810-2012.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Cierre de negocios
Restrictor: Discrecionalidad
Resumen: Análisis del numeral 86 del Código Tributario sobre el cierre de negocios y su procedimiento sancionatorio (resolución 639-2017 Sala Constitucional). No procede aplicar al caso concreto el supuesto de cierre de negocio previsto en el citado cardinal, párrafo tercero. Esta Sala no observa que la demandante incurriera en una conducta reiterada o que persistiera en la inobservancia de los requerimientos de pago, tampoco que se hubiera puesto en riesgo el bien protegido. Por el contrario, formalizada y rechazada su solicitud de readecuación, procedió a su pago. Por ende, se declara con lugar la demanda y se anula la sanción de cierre de negocio en contra de la accionante.
Categoría: Repetitivo
Voto 1037-F-2018
Descriptor: Daño
Restrictor: Principio lo accesorio sigue lo principal
Resumen: En el presente proceso, el actor solicita la reinstalación en el puesto que ocupaba y el resto de lo peticionado refiere a la forma de llevar a cabo esa petitoria, en caso de prosperar la demanda. El recurrente hizo depender el pago de la diferencia salarial del reconocimiento de la pretensión principal de reinstalación. Si ésta no prospera, tampoco podrían ser analizados los demás condicionantes contenidos en los extremos petitorios.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Adición y/o aclaración
Resumen: Si la actora encontró omisión en la sentencia, era su obligación gestionar ante el órgano jurisdiccional, la rectificación del vicio que consideró existía, por medio de la solicitud de adición al fallo (cardinal 137.2 Código Procesal Contencioso Administrativo).
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Agotamiento de la vía administrativa
Restrictor: Reorganización o reestructuración institucional
Resumen: En el presente asunto, no procedía dar oportunidad de agotar la vía administrativa, porque se trató de un cese por supresión de la plaza por reorganización administrativa, determinada por uno de los supuestos del artículo 146 del Código Municipal.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Reorganización o reestructuración institucional
Restrictor: Concepto y alcance
Resumen: Una corporación municipal tuvo que adoptar una serie de medidas correctivas orientadas a sanear o reducir el gasto administrativo. Su actuación es conteste con la recomendación dada por la Contraloría General de la República. Por ello, propuso en el presupuesto 2012 una reorganización administrativa, que reflejó el cierre –no despido- de 13 plazas. En un acto posterior, el Alcalde comunicó al actor el cierre de la plaza que ocupaba, actuación que es la ejecución de la voluntad del Concejo Municipal cuando aprobó el proyecto de presupuesto 2012. Dicho cese, entonces, cumplió el requisito del artículo 146.b del Código Municipal y es posible, por tratarse de una reducción forzosa de servicios por falta de fondos (artículo 192 constitucional).
Categoría: Repetitivo
Fondo 2019
Voto 303-F-2019
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Legitimación
Resumen: Dentro de la teoría general del proceso, adquiere perfiles de axioma la expresión “no hay recurso sin perjuicio”. El perjuicio constituye presupuesto básico para la procedencia del derecho de impugnación de las resoluciones; lo cual se aplica en el recurso extraordinario de casación. El agravio que el fallo impugnado cause a la parte recurrente determina lo que la doctrina ha llamado interés en recurrir, el cual es un presupuesto integrante de la legitimación para impugnar en casación por razones procesales (artículo 598 Código Procesal Civil). En la especie, la omisión que se reclama en nada perjudica a la casacionista, sino a la demandada-reconventora, por lo que sólo ella podría acusarlo.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Adición y/o aclaración / Formalidades del recurso
Resumen: La rectificación del vicio en el caso de omisiones en el fallo (incongruencia - norma 594.3 Código Procesal Civil) se debe reclamar mediante la solicitud de adición del fallo, de lo contario no es posible recurrir ante la Sala de Casación. El casacionista manifiesta que la sentencia de primera instancia omitió pronunciamiento sobre sus pretensiones en cuanto a la reconvenida. Sin embargo, no pidió en su momento procesal la adición de ese fallo, sino que es hasta que apela ante el Tribunal. Al no haber pedido la rectificación del vicio oportunamente, resulta inadmisible el cargo (cardinal 598, párrafo tercero, ibídem).
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Incongruencia
Restrictor: Concepto y alcance
Resumen: Análisis de la incongruencia como causal de casación. Estima la Sala, el Tribunal incurrió en extra petita, al decidir sobre pretensiones no formuladas por la demandada-reconventora en su reconvención.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Mejora
Restrictor: Reconocimiento
Resumen: En criterio de mayoría, las mejoras y la accesión pueden ser reconocidas únicamente si fueron pedidas por el interesado, sea en la demanda, contrademanda o en sus correspondientes contestaciones. Por ende, los juzgadores no pueden concederlas sin que la parte las reclame, ni puede serlo tampoco en cualquier etapa del proceso, pues, provocaría indefensión a la contraria.
Categoría: Repetitivo
Voto 304-F-2019
Descriptor: Prescripción
Restrictor: Hipoteca
Resumen: La ley 3415, la cual interpretó de manera auténtica el numeral 968 del Código Civil (resolución 7552-1998 Sala Constitucional), dispuso el plazo decenal de prescripción para hipotecas comunes o de cédulas.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Hipoteca
Restrictor: Naturaleza jurídica
Resumen: La hipoteca sirve para asegurar el cobro de una obligación en caso de incumplimiento, ella confiere al acreedor el derecho de sacar a remate la finca dada en garantía, siguiendo los procedimientos legales respectivos, y así saldar la deuda con el dinero obtenido en la almoneda pública. Si el derecho de crédito garantizado se extingue, la hipoteca corre la misma suerte.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Prescripción
Restrictor: Cláusula contractual / Cómputo del plazo
Resumen: Plazo de prescripción de cuatro años para pretensiones anulatorias de supuestas cláusulas abusivas en un contrato de préstamo (canon 984 Código Civil); el cual comienza a correr desde el momento de su firma. En la especie, las actoras pudieron desde ese día hacer valer sus eventuales derechos y accionar contra el Banco la nulidad de esas cláusulas. Sin embargo, el presente proceso se presentó casi siete años después, con lo cual el plazo de prescripción se había cumplido de sobra. Por otro lado, tampoco existió acto alguno que interrumpiera la prescripción.
Categoría: Repetitivo
Voto 332-F-2019
Descriptor: Ejecución de sentencia
Restrictor: Nexo causal
Resumen: La Sala Constitucional se limita a determinar la violación constitucional y hacer una condenatoria en abstracto. Al ejecutar esos extremos, el amparado debe evidenciar una relación de causalidad entre lo declarado en abstracto y el caso concreto. En la especie, el Tribunal Constitucional enmarcó como conducta reprochable, la violación al derecho de salud del amparado, porque a la fecha cuando se resolvió el recurso, la Caja Costarricense de Seguro Social no había definido un tratamiento para el dolor que padece. Por ende, los únicos daños y perjuicios a liquidar son aquellos que se deriven como consecuencia de esa situación, debiendo excluirse el reconocimiento de cualquier suma que no tenga causal con el evento dañoso, como lo son los argumentos en los cuales el ejecutante pretende materializar la supuesta afectación anímica. Tampoco los motivos de la Juzgadora al conceder dicho extremo guardan un nexo de causalidad con la conducta sancionada en sede constitucional: sea la mala praxis, negligencia, falta de pericia o descuido en los tratamientos aplicados al tutelado o la negativa de aplicar el procedimiento sugerido por su médico tratante por falta de presupuesto. Entonces, deviene improcedente el daño moral subjetivo otorgado.
Categoría: Repetitivo
Voto 468-F-2019
Descriptor: Daño
Restrictor: Daño moral
Resumen: Análisis sobre el daño moral subjetivo. Véanse los votos 537-2003, 1157-2009, 478-2013, 942-2013, 892-2015 y 30-2018. A la actora se le diagnosticó, en el Hospital México, erróneamente, un aborto retenido, por cuanto el ultrasonido que se le practicó no reflejó embriocardia, y se le ofrecieron las opciones de manejo conservador –expulsión natural del cuerpo fetal fallecido– y legrado –intervención quirúrgica–. Al día siguiente se practicó otro ultrasonido en un centro de salud privado, el cuál determinó que sí existía embriocardia, por lo que el feto estaba vivo. El Tribunal condenó al pago de daño moral; monto que se reprocha en casación. Los juzgadores consideraron que el funcionamiento anormal de la Caja Costarricense de Seguro Social fue especialmente grave, pues la afectación permaneció durante el resto del embarazo al tener que seguir acudiendo a la consulta y dar a luz a su hija en dicho hospital, pese a desconfiar de la atención brindada. Estima esta Sala que, aunque es comprensible la angustia padecida, con base en los principios de razonabilidad y proporcionalidad, el monto concedido resulta desproporcionado; por lo que procede reducirlo.
Categoría: Repetitivo
Voto 719-F-2019
Descriptor: Debido proceso
Restrictor: Derecho de defensa
Resumen: Análisis sobre el principio del debido proceso (normas 39 y 41 Constitución Política). Ver fallos de la Sala Constitucional 4975, 6028 y 6805, todos del 2016, 76-2017 de la Sala Primera. En el caso de análisis, correspondía al actor la carga de la prueba. La documental y testimonial ofrecida en su demanda fue rechazada. Durante la audiencia de contraprueba no ofreció alguna. Luego, pretendiendo subsanar su falencia probatoria, ofrece como prueba para mejor resolver una tabla comparativa, unas certificaciones y tres libros de matemáticas, las que fueron rechazadas. Adviértase, el demandante a lo largo del proceso tuvo la oportunidad de ofrecer el elemento probatorio capaz de demostrar que era el autor de los libros de matemática, por lo que su derecho de defensa no fue cercenado. Sobre la violación del numeral 575 del Código Procesal Civil, la norma otorga al Tribunal la facultad de ordenar y evacuar la prueba que estime indispensable. De ahí, el rechazo de la que a su juicio no sea pertinente, no genera un quebranto del derecho de defensa.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Prueba para mejor resolver
Restrictor: Facultad del juzgador
Resumen: Análisis sobre la prueba para mejor resolver (ordinales 331 y 575 Código Procesal Civil). Consúltese los fallos 203-1991, 268-2002, 728-2007, 555-2010 y 622-2011. El promovente al momento de incoar la demandada no aportó la prueba que demostraba su autoría en los libros editados por la demandada. Es por esa razón que, con la finalidad de subsanar su error en el deber de cumplir con la carga de la prueba, pretende se admita como prueba para mejor resolver una tabla comparativa, unas certificaciones y tres libros de matemáticas. Sin embargo, el Tribunal estima que esa prueba resulta impertinente y la rechaza, sin que con ello incurra en infracción alguna, pues su admisión o no es una facultad brindada por ley.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Derechos de autor
Restrictor: Carga probatoria
Resumen: El actor fue contratado por la demandada bajo la modalidad de contrato de servicios profesionales para la elaboración de ejercicios prácticos y definiciones en el campo de las matemáticas. Por la labor realizada se le hicieron los pagos correspondientes. En el presente proceso, solicita la reivindicación de la paternidad de los derechos morales y patrimoniales de las obras literales. Ambas instancias judiciales declararon sin lugar el asunto. Estima la Sala, se denota del expediente que el actor -quien tiene la carga probatoria- no proporciona los elementos probatorios para demostrar que es el autor de las obras en las que indica su identidad fue suplantada y se hicieron reproducciones fraudalentas.
Categoría: Repetitivo
Voto 777-F-2019
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Casación por razones procesales
Resumen: Análisis sobre la falta de motivación como causal procesal de casación (artículos 137.d y 138 Código Procesal Contencioso). En ese sentido, ver el fallo 328-2012. El demandante alega que desconocidos ingresaron al sistema informático de la entidad bancaria y utilizaron, sin su consentimiento, sus dispositivos de seguridad; realizaron tres transferencias y dos retiros de dinero. El Tribunal declaró sin lugar la demanda al determinar que operó la eximente de responsabilidad por hecho de un tercero. Estima la Sala, el Tribunal afirma que el daño fue ocasionado por terceros, al mismo tiempo descarta que ellos hubiesen violentado los sistemas de seguridad u obtenido del actor la información necesaria a ese fin. Por ende, resulta indiscutible la contradicción en que incurre la sentencia. En consecuencia, se anula y reenvía al Tribunal a fin de que proceda conforme a derecho.
Categoría: Repetitivo
Voto 864-F-2019
Descriptor: Responsabilidad
Restrictor: Nexo causal / Causas eximentes de indemnización
Resumen: En materia de responsabilidad no basta la demostración del daño cierto y efectivo, sino que debe comprobarse la relación causal con la conducta u omisión que se reputa dañosa (numerales 41 Constitucional y 1045 Código Civil). El accionante se colocó en una posición propicia para que se diera el daño –golpes en su vehículo–, al asumir el riesgo de conducir en medio de toros, animales que, por su propia naturaleza, son bravíos y peligrosos, con reacciones impredecibles. Lo anterior, en infracción del deber de cuidado y del ejercicio de una conducción defensiva (canon 93 Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial). Esa imprudencia –culpa de la víctima– rompe el nexo causal, por lo que resulta improcedente la indemnización que pretende. Además, no se acreditó una conducta negligente o imprudente de la accionada.
Categoría: Repetitivo
Voto 988-F-2019
Descriptor: Daño
Restrictor: Daño moral
Resumen: Análisis de la determinación y cuantificación del daño moral subjetivo. Véanse los votos 537-2003, 819-2011, 442-2014 y 782-2016. La Sala Constitucional declaró con lugar un recurso de amparo en contra de la Caja Costarricense de Seguro Social, debido a la tardanza en practicarle al amparado una intervención quirúrgica para la hernia inguinal izquierda diagnosticada. En el proceso de ejecución, el Juzgado condenó al pago de daño moral; monto que se reprocha en casación, por violentar los principios constitucionales de razonabilidad y proporcionalidad. La juzgadora estimó una suma prudencial, en virtud de que al ejecutante lo pusieron en lista de espera sin que lo operaran, por lo que era lógico deducir que provocaría una afectación en su fuero interno. Sin embargo, considera esta Sala que el monto otorgado no resulta acorde con los principios alegados, ya que la espera fue de casi siete meses y no hasta el año siguiente; por lo que procede reducirlo. Similar criterio en los fallos 1361-F-2013 y 32-F-2018.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Principio de razonabilidad y proporcionalidad
Restrictor: Concepto y alcance
Resumen: Análisis sobre los principios de razonabilidad y proporcionalidad. En el presente proceso de ejecución de sentencia, la juzgadora le reconoce al ejecutante un resarcimiento por daño moral subjetivo consistente en una suma de dinero, basado en la espera experimentada de casi siete meses, para que lo operaran de una hernia inguinal izquierda que le diagnosticaron. Esta Sala estima que dicha espera no fue desproporcionada, por lo que el monto otorgado no resulta acorde con dichos principios.
Categoria: Repetitivo
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Concepto y alcance
Resumen: La finalidad de la casación es verificar que la sentencia se ajuste a lo preceptuado por el ordenamiento jurídico, tanto a nivel legal como constitucional.
Categoría: Repetitivo
Voto 1118-F-2019
Descriptor: Costas
Restrictor: Exoneración
Resumen: Estima la Sala que la decisión del Juzgado de declarar el presente proceso de ejecución de sentencia sin especial condenatoria en costas, resulta ajustada a derecho (numeral 193.b Código Procesal Contencioso Administrativo), debido a que el municipio demandado tenía suficientes razones para litigar y oponerse a lo pretendido por la ejecutante.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Ejecución de sentencias / Costas
Restrictor: Costas / Ejecución de sentencia
Resumen: La ejecución de sentencia resulta ser la única vía para el cobro de las costas otorgadas en la sentencia constitucional.
Categoría: Repetitivo
Voto 1126-F-2019
Descriptor: Rebeldía
Restrictor: Concepto y alcance
Resumen: Notificado el rebelde, se seguirá el proceso sin su intervención; podrá apersonarse en cualquier tiempo, pero tomará el proceso en el estado en que se halle (artículo 310 Código Procesal Civil).
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Formalidades del recurso
Resumen: No podrán ser objeto del recurso de casación cuestiones que no hayan sido propuestas ni debatidas oportunamente por los litigantes durante el proceso (artículo 608 Código Procesal Civil), tal como sucede en el presente caso. Estima esta Sala que emitir pronunciamiento sobre el particular hasta esta instancia devendría en una afrenta al derecho de defensa, contradictorio y debido proceso.
Categoría: Repetitivo
Voto 1128-F-2019
Descriptor: Incongruencia
Restrictor: Concepto y alcance
Resumen: En el presente proceso, dentro de las pretensiones ajustadas en la audiencia preliminar, no se encuentra lo otorgado en sentencia. Por ende, lo procedente será acoger los cargos relativos a la incongruencia, que, al ser una razón procesal (numeral 150.1 Código Procesal Contencioso Administrativo), se anulará el pronunciamiento combatido.
Categoría: Repetitivo
Voto 1131-F-2019
Descriptor: Daño
Restrictor: Daño moral
Resumen: Análisis del daño moral subjetivo (voto 537-2003). En la especie, se le reconoció a la actora este resarcimiento, basado en la existencia de un error judicial, por haber cumplido una prisión preventiva de casi siete meses y a la cual se absolvió de toda pena y responsabilidad en un proceso penal. Aprecia esta Sala que es humano estimar y lógico deducir, que el sufrimiento, la aflicción y la pena puedan ser experimentados en el fuero interno. La sola privación de libertad infiere in re ipsa un daño moral por el dolor y la afectación física, emocional y psico-social. Sin embargo, tomando en cuenta las circunstancias del caso concreto y aplicando los principios constitucionales de razonabilidad y proporcionalidad, el monto otorgado por el Tribunal resulta excesivo; por lo que procede reducirlo. Asimismo, no se logró demostrar que la actora haya sufrido los vejámenes descritos en su líbelo de demanda: condiciones inhumanas del Centro Penitenciario, aglomeración de privadas de libertad, agresiones físicas o sexuales, alejamiento de su familia, y otros; ni tampoco la afectación a su salud e imagen.
Categoría: Repetitivo
Voto 1264-F-2019
Descriptor: Costas
Restrictor: Exoneración
Resumen: El Tribunal estimó que el demandado litigó de buena fe, al haber inscrito una propiedad al amparo de la publicidad registral; por lo que lo exoneró del pago de las costas; lo cual la Sala coincide. Del fallo de primera instancia se desprende, no se demostró que el negocio de compra venta hubiese sido un acto simulado. Si bien se probó que el accionado fue advertido de la existencia de un negocio anterior al suyo, lo cierto es que él en su momento adquirió y logró la inscripción al amparo de la publicidad registral, es decir, su actuación se basó en una convicción razonable para defender su derecho dentro del proceso, en el tanto adquirió la heredad directamente de quienes aparecían como dueños. Esa circunstancia hace evidente que tuvo motivos suficientes para litigar (artículo 55 Ley de la Jurisdicción Agraria), por lo que procede relevarle de la condena al pago de costas.
Categoría: Repetitivo
Voto 1265-F-2019
Descriptor: Aplicación normativa / Recurso de casación
Restrictor: Norma procesal / Casación por razones procesales
Resumen: Según el casacionista, el Ad quem incurrió en la más absoluta falta de fundamentación de la sentencia. Estima la Sala, como dicha resolución se dictó antes de la entrada en vigencia del nuevo Código Procesal Civil –Ley n° 9342–, el recurso formulado será resuelto al amparo de las disposiciones procesales del Código anterior (Transitorio II). En ambas legislaciones el recurso de casación se encuentra regulado de manera taxativa. Sin embargo, mientras en la actual lo alegado sí es una causal de casación por razones procesales, no es así en la recién derogada (artículo 594 Código Procesal Civil).
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Incongruencia
Restrictor: Concepto y alcance
Resumen: Análisis sobre el vicio de incongruencia, en concreto, su concepto, fundamento jurídico –preceptos 99 y 155 Código Procesal Civil–, límites subjetivos (partes) y objetivos (objeto y causa de pedir); así como la posibilidad del juez de modificar las razones jurídicas por las que falla (principio iuria novit curia). En la especie, el Ad quem resolvió con base en hechos alegados, el acaecimiento histórico narrado en los hechos de la demanda y el fundamento de la pretensión indemnizatoria por daño moral que se actúa. Por lo tanto, el Tribunal no incurrió en dicho vicio procesal.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Formalidades del recurso
Resumen: En la especie, se hace una serie de consideraciones que debió proponer la demandada al formular sus agravios, cuando apeló lo resuelto por el Juzgado, para que pudieran ser consideradas por el Ad quem y, eventualmente, ser objeto de recurso de casación (numeral 608 Código Procesal Civil). Al no haberlo hecho así, esta Sala se encuentra imposibilitada para conocer el agravio. Además, al no atacar el monto concedido por daño moral, tampoco se puede entrar a valorar si se ajusta a las circunstancias del caso.
Categoría: Repetitivo