Clasificación Semanal
A continuación, se enlistan las clasificaciones de los autos, conflictos de competencia y/o las sentencias (notificadas y firmes) de la Sala Primera elaboradas, en esta semana, por el Centro Electrónico Casacional de la Sala Primera (CECA) e incluidas en el tesauro de la Sala Primera en el Nexus.pj.
Aclaración: Esta labor se centra en las resoluciones votadas, notificadas y firmes en el presente año. Sin embargo, puede mostrarse clasificaciones de otros años debido a un esfuerzo por depurar y actualizar la base de datos.
Fondo 2024
Voto 361-F-2024
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Subsanación / Reenvío
Resumen: Posibilidad de conocer por el fondo alegatos relacionados con incongruencia o falta de motivación, sin que se infrinja el principio de inmediación (cardinal 69.8 Código Procesal Civil). En ese sentido, se analiza los agravios en tanto el casacionista refiere de forma conjunta posibles incongruencias y vicios en la aplicación de la ley de fondo.
Descriptor: Timbre fiscal
Restrictor: Medio probatorio
Resumen: Referido a la inadmisión del “contrato privado entre las partes” dado el impago de timbres, la Sala observa que, para la fijación de los primeros dos hechos probados, el Tribunal fue claro en justificar su decisión de no entrar a conocerlo, dado el incumplimiento de la prevención a la actora de aportar la totalidad de timbres fiscales establecidos en el Código Fiscal. Dicha resolución judicial es clara en imponer esa carga a la accionante y por el monto total; aspecto que él debió haber cumplido a cabalidad.
Descriptor: Recurso de casación / Pago
Restrictor: Formalidades del recurso / Requerimiento de pago
Resumen: El reclamo omite cuestionar las razones por las cuales lo considerado por el A Quo -sobre la necesidad del requerimiento de pago en un contrato de compraventa de un vehículo, pagadero en tractos (norma 777.3 Código Civil), que no indica vencimiento, cuando no puede ser establecido en el documento-, merece ser quebrado.
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Legitimación
Resumen: El artículo 65.2 y 6 del Código Procesal Civil, establece: “Solo podrán impugnar quienes sean perjudicados por las resoluciones judiciales” y “La impugnación se considerará solo en lo desfavorable al recurrente”. Ello justifica la exposición de un agravio concreto causado por la resolución judicial impugnada, en la especie, por medio de la casación.
Descriptor: Costas
Restrictor: Exoneración
Resumen: Análisis sobre la exención total o parcial, de forma razonada, del pago de las costas por vencimiento recíproco (numeral 73.2.3 Código Procesa Civil); lo cual sucede en la especie, por tratarse de la denegatoria recíproca de la demanda y reconvención deducidas entre las partes. Por otro lado, el reparo casacional es insuficiente, porque se alega en abstracto que el demandado nunca mostró buena fe, probidad, lealtad y uso racional del sistema procesal, sin explicar las razones de ese parecer. Por ende, esa afirmación carece de aptitud para quebrar lo considerado por el Tribunal.
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Costas
Resumen: Se declara sin lugar el recurso, con sus costas a cargo de quien lo promovió.
Voto 364-F-2024
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Casación por razones procesales
Resumen: En cuanto al vicio sobre los aumentos de capital y la violación del derecho de información de los socios, son motivos de nulidad independientes entre sí, de tal manera que al denegarse el primero, no necesariamente debe rechazarse el segundo, por versar sobre aspectos sustantivos distintos. Por ende, no se produce ninguna contradicción argumentativa.
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Formalidades del recurso
Resumen: El alegato es una cuestión de fondo que no cabe revisar desde la óptica de la causal procesal por contradicción grave en la fundamentación de la sentencia. En todo caso, no ostenta el grado mínimo de fundamentación requerido para reformularla y proceder a su análisis como agravio sustantivo.
Descriptor: Costas
Restrictor: Condena al vencido
Resumen: A la actora le asistió motivo plausible para litigar y demandar la nulidad de unos acuerdos societarios, mientras que la oposición de la demandada no sólo resultó insuficiente, sino que no se ajustó a la causal de exoneración invocada (buena fe, probidad, lealtad y uso racional del sistema procesal), pues insistió en negar el quebranto incurrido en contra del derecho de información que ostentaba la accionante, obligándola a continuar con el litigio judicial, hasta que finalmente obtuvo sentencia favorable. Así, en criterio de esta Cámara, no existe motivo trascendente que justifique desconocer el derecho que le asiste a la parte victoriosa en orden a obtener un resarcimiento por los gastos en los que debió incurrir para afrontar este proceso ordinario.
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Costas
Resumen: Se declara sin lugar el recurso planteado por la demandada, por cuya cuenta corren las costas generadas con su ejercicio (norma 73.1 Código Procesal Civil).
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Legitimación / Interés actual / Revocación auto de admisión
Resumen: Esta Sala, por criterio de mayoría, admitió parcialmente el recurso de casación de la actora. No obstante, bajo una mejor ponderación del asunto, se arriba al convencimiento de que el recurso es inadmisible en su totalidad, porque ella carece de legitimación para recurrir la sentencia y por carecer la impugnación de interés actual. Nótese, la accionante fundamentó su pretensión anulatoria en varias causales, de las cuales sólo prosperó una en sentencia (violación de su derecho de información). Estima esta Cámara, la pretensión de la demanda es una sola (sea la nulidad de dos acuerdos societarios) y ésta ya fue declarada con lugar en la sentencia, con lo cual la actora resulta vencedora frente a su contraparte, con independencia de cuántos y cuáles fundamentos de hecho y de derecho sirvieron de base a esa declaratoria. Por ende, no se le causa perjuicio que la legitime para acudir ante esta sede extraordinaria (canon 65.2 Código Procesal Civil). Este pronunciamiento favorable, ante la forma como se resuelve el recurso de casación de la demandada, se mantiene vigente, con lo cual se desvanece el eventual interés que pudiere tener la demandante en que se conozcan y acojan los restantes fundamentos jurídicos de su acción. Por lo anterior, se revoca parcialmente el auto de admisión y en su lugar, se declara inadmisible.
Voto 365-F-2024
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Formalidades del recurso
Resumen: Al indicar que la sentencia no se refiere a todos y cada uno de los puntos objeto de debate, el recurrente enmarca su agravio como la causal de incongruencia (precepto 69.2.6 Código Procesal Civil). No obstante, de inmediato remite a la omisión probatoria que expone en el apartado de causales sustantivas de casación. Tampoco esgrime el vicio procesal de ausencia de fundamentación contenido en el mandato 69.2.4 ibídem), sino que refiere al desarrollo que hizo como infracción por el fondo. Ergo, se rechazan estos motivos procesales. En otro cargo, a pesar de que la recurrente menciona la vulneración de normas relativas a la valoración de la prueba, omite indicar las normas de fondo infringidas por el Tribunal; por lo que se desestima el agravio.
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Casación por razones procesales
Resumen: La disconformidad con el fallo se estableció desde la perspectiva procesal, sea por ausencia de fundamentación de la condenatoria en costas, en el tanto, en parecer de la casacionista, el Tribunal omitió considerar su buena fe al litigar. Al respecto, se observa que el Juzgador no analizó porqué al actor no se le podía enmarcar en alguno de los supuestos de exención previstos en artículo 73.2 del Código Procesal Civil, en concreto, en el inciso 4. Empero, en esta fase de casación se limita a aseverar esta condición de forma general; lo que resulta inútil para quebrar el fallo.
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Casación útil
Resumen: En este asunto, el Tribunal denegó la demanda de garantía de evicción por dos motivos. En cuanto a la segunda razón, autónoma de la primera, la casacionista circunscribe el reclamo. De esta manera, el agravio es estéril para invalidar el fallo, pues no logra desvirtuar en su integridad la razón de desestimación.
Descriptor: Acción
Restrictor: Evicción
Resumen: La garantía de evicción es la obligación legal que pesa sobre el transmitente de un derecho real o personal de garantizar al sujeto adquirente el libre ejercicio del derecho transmitido (canon 1034 Código Civil). La acción de garantía puede ser ejercida ante una excepción opuesta por un tercero a la demanda establecida por el sujeto adquirente o ante una demanda que un tercero intente contra él (mandato 1035 ibídem). Se traduce en dos conductas que espera del garantizado de su garante: 1) Que haga cesar las repercusiones judiciales que genera el que un tercero se dirija en su contra o que se oponga a su derecho. 2) En el caso de la persecución o resistencia del tercero encuentre asidero, encuentre derecho, le indemnice (artículo 1036). Así, tratándose del segundo presupuesto normativo, para que la indemnización proceda, ha de haber prosperado la demanda o excepción del tercero frente al adquirente del derecho. Si el adquirente del derecho no resulta vencido por el tercero en el proceso de que se trate, no hay lugar la indemnización.
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Costas
Resumen: Se declara sin lugar el recurso de casación formulado. Conforme el canon 73.1 y 2 del Código Procesal Civil, al no encontrarse motivo que justifique la exención, se condena a la promovente al pago de las costas generadas con el ejercicio de esta impugnación; las cuales deben ser liquidadas en fase de ejecución de sentencia, donde en respeto del derecho constitucional de defensa de todas las partes, se determinarán.
Voto 366-F-2024
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Casación útil
Resumen: En el presente asunto, fueron varios los argumentos que sirvieron de base al A quo para rechazar la demanda. En el agravio en estudio, el demandante trata de combatir uno de ellos. Como omite referirse y atacar los otros, torna inútil su reclamo. Aun y cuando se acogieran sus alegatos, no podría arribarse a una solución distinta a la fallada. No explica el casacionista por qué esos criterios son incorrectos o cuál es la forma adecuada de interpretarlos o valorarlos.
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Costas
Resumen: Se declara sin lugar el recurso de casación formulado por la actora, quien debe sufragar las costas generadas con su ejercicio.
Voto 370-F-2024
Descriptor: Certificado de uso de suelo
Restrictor: Requisitos
Resumen: La solicitud presentada por el interesado carece de un requisito previo establecido en el artículo 9.1 del Decreto Ejecutivo 39472 (Reglamento General para Autorizaciones y Permisos Sanitarios de Funcionamiento Otorgados por el Ministerio de Salud), puesto que, según lo resolvió la Municipalidad respectiva, es imposible emitir un uso de suelo positivo para ejercer la actividad carbonera que pretende, por lo que su requerimiento no satisface dicho precepto legal.
Descriptor: Ejecución de sentencia / Proceso de conocimiento
Restrictor: Distinción con el proceso de cognición / Distinción con la vía de ejecución
Resumen: Se planea una serie de disconformidades dirigidas a atacar el artículo 9.1 del Decreto Ejecutivo 39472. No obstante, en esta etapa de ejecución no cabe tal análisis, puesto que en el estadio casacional, el eje central gira en torno a lo resuelto por la jueza ejecutora, y no podrían traerse aspectos de fondo sobre nuevos actos administrativos que se consideren lesivos a los intereses, puesto que ese análisis es propio de los procesos de conocimiento, en los cuales, a través del contradictorio y la inmediación de la prueba, las personas juzgadoras cuenten con elementos de decisión y las partes puedan ejercer su derechos procesales y de defensa.
Descriptor: Incongruencia
Restrictor: Concepto y alcance
Resumen: Tocante a las costas, lleva razón la sentencia ejecutada de que en el proceso principal, no se pretendió pago relacionado con el procedimiento tramitado en sede administrativa, por lo que en la sentencia dictada para resolver aquella controversia, nada se dispuso sobre ese tema. Así, siguiendo los principios de legalidad, congruencia y razonabilidad, no podrían otorgase reconocimientos económicos en ese sentido, al no haber sido así dispuesto expresamente en la resolución que se ejecuta.
Descriptor: Costas
Restrictor: Concepto y alcance
Resumen: La condena en costas dictada se limita y es exclusiva de las costas generadas en el proceso establecido en sede jurisdiccional.
Descriptor: Costas
Restrictor: Procedimiento administrativo
Resumen: En el procedimiento administrativo no hay lugar a la imposición de costas a favor o en contra de la Administración ni del interesado (artículo 328 Ley General de la Administración Pública). Ver resoluciones 527-2008 y 1282-2012 de la Sala Primera.
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Costas
Resumen: Se deniega el recurso, con las costas a cargo del perdidoso.
Voto 625-F-2024
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Ofrecimiento de prueba
Resumen: En cuanto a los documentos presentados por la representación estatal, conforme el precepto 148 del Código Procesal Contencioso Administrativo, se admiten para mejor resolver. Respecto de aquella ofrecida por la accionante, conforme el precepto 145 ibidem, se rechazan al ser irrelevantes para el pronunciamiento de fondo, por la forma cómo se resuelve la falta de legitimación sobrevenida reclamada y en razón de las censuras expuestas en el recurso, así como de las demás probanzas constantes en autos, las que se estiman suficientes para resolver este caso.
Descriptor: Proceso
Restrictor: Concepto y alcance
Resumen: El proceso se rige por presupuestos formales o procesales y materiales, sustantivos o de fondo. Los primeros garantizan la validez del procedimiento por medio de la jurisdicción, competencia y capacidad de las partes. Los segundos se vinculan con la procedencia de la pretensión. Se refieren a la legitimación en sus dos modalidades, el derecho e interés actual. Son condiciones analizables de oficio y necesarias para la emisión de una sentencia estimatoria, por lo que deben conservarse durante todo el proceso. Ver resolución 1585-2019 de la Sala Primera.
Descriptor: Legitimación
Restrictor: Concepto y alcance
Resumen: Análisis sobre la legitimación ad causam, en particular, la legitimación activa. En el presente asunto, se cuestiona la legitimación activa. Se advierte, su excepción no fue opuesta ni revisada de oficio por el Tribunal. Se trata de un yerro procesal acusado hasta en fase de casación. Empero, ello no obsta para que esta Sala realice su examen. De la nueva prueba aportada por el Estado -admitida y puesta en conocimiento de las partes-, además de la consulta en el sitio web del Registro Nacional, se concluye que la accionante, por una circunstancia sobrevenida, dejó de tener legitimación para accionar, porque ya no es el titular del inmueble objeto del proceso, es decir, perdió el derecho a exigir cualquier acción respecto de ese bien. La condición de propietario, tratándose de bienes inscritos, se demuestra con su inscripción. En consecuencia, no puede pagarse el justo precio dispuesto en sentencia a quien no figura como dueño registral del bien. Así, se declara la falta de legitimación activa sobrevenida de la accionante, presupuesto material indispensable para que la demanda prospere.
Descriptor: Costas / Recurso de casación
Restrictor: Exoneración / Costas
Resumen: Estima la Sala, a la accionante le asistió motivo bastante para litigar, ya que al momento de interponer la demanda era quien ostentaba la titularidad registral de una finca, siendo que por una circunstancia sobrevenida, en el trascurso del proceso, dejó de ostentar dicha condición. Así, se resuelve sin condena en costas del proceso y de la casación (numerales 150 y 193 Código Procesal Contencioso Administrativa).
Voto 1139-F-2024
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Admisibilidad
Resumen: La casación es una instancia de carácter extraordinaria, pues procede sólo para causales procesales y sustantivas por violación indirecta (desapego o contradicción, preterición o indebida valoración de la prueba) y directa (incorrecta interpretación, aplicación o desaplicación indebida) (mandatos 137 y 138 Código Procesal Contencioso Administrativo) y contra sentencias y autos con carácter de sentencia que producen cosa juzgada material; así como las resoluciones que declara inadmisible la demanda (ordinal 62.3 ibídem) o acoge las defensas previas del ordinal 92.6 ibídem. A pesar de su vocación antiformalista, se contempla requisitos de admisibilidad relativos al tiempo, lugar y forma; así como la motivación o fundamentación fáctica y jurídica del caso, como requerimiento material (norma 139 ibídem). Ver resolución 318-2008 de la Sala Primera.
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Fundamentación
Resumen: Sobre los agravios por violación de normas sustantivas, no basta en esta etapa procesal expresar una serie de yerros, también es necesario indicar, la forma cómo este se presentó. El recurrente desarrolla simples disconformidades de criterio con los hechos probados y con la probanza que estima indebidamente valorada, siendo menester el contraste de lo decidido con la infracción general que, en su criterio, tuvo lugar. Unos alegatos carecen de la fundamentación jurídica que, de manera sistemática y específica, combata los fundamentos de la resolución recurrida con otras razones normativas. Es indispensable citar las normas jurídicas que estima lesionadas, vincularlas o relacionarlas con cada probanza indebidamente valorada, o al menos justificarla suficientemente, si estima que ese es el derecho de fondo combatido; ejercicio y esfuerzo que se extraña en los cargos. Toda la probanza acusada de preterida e indebidamente valorada carece de análisis normativo, es decir, no se encuentran relacionados a los fundamentos jurídicos de sus motivos; requisito lógico e indispensable si se recurre violación indirecta de normas por error de hecho y de derecho (artículos 138.a y b y 140.c Código Procesal Contencioso Administrativo). En sus planteamientos, no se encuentra análisis a los preceptos de fondo que se habrían violentado. En todo caso, no basta citar los preceptos o traer a colación una serie de normas, es necesario realizar su desarrollo. Tampoco citando normas procesales o de valoración probatoria se tiene por solventado el requerimiento. Cada cargo es independiente y este enfoque debe realizarse en cada planteamiento con las normas atinentes al caso.
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Costas
Resumen: Se rechaza el recurso y se impone al recurrente el pago de las costas generadas con el ejercicio de esta instancia (cardinal 150.3 Código Procesal Contencioso Administrativo).
Voto 1151-F-2024
Descriptor: Prueba / Recurso de casación
Restrictor: Prueba ilegítima / Casación por razones procesales
Resumen: La prueba espuria es aquella obtenida mediante quebranto de derechos y garantías fundamentales o constitucionalmente reconocidas. El artículo 137.1.c del Código Procesal Contencioso Administrativo establece la casación por razones procesales cuando el Tribunal se funde en medios probatorios ilegítimos o introducidos ilegalmente al proceso, lo que califica como una prueba espuria.
Descriptor: Daño / Responsabilidad
Restrictor: Daño moral / Responsabilidad objetiva
Resumen: El Tribunal declaró parcialmente con lugar la demanda por responsabilidad administrativa por omisión en contra del Estado y la Junta Administrativa de un centro educativo, por el daño moral subjetivo sufrido a los progenitores de un menor de edad, quien falleció cuando un marco de fútbol se desprendió y le cayó en la base central del cráneo, lo cual les ocasionó una perturbación injusta de sus condiciones anímicas, generándoles sentimientos de duelo, angustia, congoja, frustración y desánimo. Para esta Cámara, por principio, el daño moral subjetivo precisa de una valoración in re ipsa, regla que respetó y aplicó el Tribunal, la cual no se opone la casacionista. En un ejercicio de supresión hipotética, la eliminación de unas experticias (informes periciales) no invalida el juicio valorativo del A Quo, que le llevó al reconocimiento del citado rubro indemnizatorio a partir de su presunción humana. Por otro lado, en lo esencial, la tesis de la recurrente en nada desvirtúa lo indemostrado por el Tribunal de que no se comprobó que ese marco estuviera fuera de uso o fuera del alcance de los estudiantes, como tampoco que su manipulación calificara como causal de exención de hecho de un tercero. Nótese, el mismo Tribunal no desconoce esa manipulación. Sin embargo, era deber de la representación estatal corroborar que esa manipulación fue de tal magnitud que, aunque el marco se encontrara en condiciones óptimas de uso, era posible su desprendimiento.
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Costas
Resumen: Se declara sin lugar el recurso. Las costas causadas con su ejercicio corren a cargo de quien lo promovió.
Voto 1180-F-2024
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Formalidades del recurso
Resumen: El agravio fue admitido con base en la violación de normas sustantivas aplicables al caso. No obstante, el reproche fusiona con la causal de error en la apreciación de la prueba.
Descriptor: Contrato / Carga probatoria
Restrictor: Incumplimiento contractual / Prórroga / Costumbre / Concepto y alcance
Resumen: La cláusula en estudio dispone la comunicación previa -60 días naturales de antelación al vencimiento del contrato- para no continuar la relación contractual por servicios de display en diferentes supermercados. Caso contario, se prorrogaba, lo cual la demandada omitió, incurriendo en incumplimiento. El numeral 1022 del Código Civil refiere que “los contratos tienen fuerza de ley entre las partes”. Por su parte, su precepto 1023 dispone: “Los contratos obligan tanto a lo que se expresa en ellos, como a las consecuencias que la equidad, el uso o la ley hacen nacer de la obligación, según la naturaleza de ésta”. Es claro que el Tribunal apega su decisión a la letra de esta cláusula. La casacionista sostiene la existencia de una costumbre que rompe la literalidad de lo pactado. Empero, en el desarrollo del recurso, no demuestra su existencia, carga probatoria que le corresponde. De ahí que, ante la falta de comunicación, debe asumir las obligaciones por la ruptura contractual (artículo 702 ibídem).
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Preterición de prueba
Resumen: Análisis sobre la preterición total o parcial de la prueba admitida. Ver resoluciones 192-2012 y 497-2023 de la Sala Primera. En el presente caso, la sentencia analiza las testimoniales que acusa la recurrente, excluyendo así el argumento de la preterición aludida.
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Vista o audiencia
Resumen: Conforme a la norma 69.7.4 del Código Procesal Civil, la casacionista solicita señalamiento de audiencia oral. Esta Sala estima, tomándose en cuenta los temas en discusión, cuyo fundamento fue expresado en el momento que interpuso el recurso y que el señalamiento para audiencia oral es facultativo del órgano que conoce del recurso de casación, se prescinde de su celebración.
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Costas
Resumen: Se declara sin lugar el recurso incoado por la accionada, siendo las costas de este recurso a su cargo.
Voto 1233-F-2024
Descriptor: Accesión
Restrictor: Reconocimiento
Resumen: El Tribunal acreditó e indemnizó una plantación de 250 árboles de teca a favor del reconventor, basándose en la doctrina de la accesión (forma originaria de adquirir el dominio de lo edificado o cultivado en terreno ajeno, según los numerales 505 al 519 del Código Civil), por ser nuevas plantaciones. El recurrente (accionante) acusa un error aritmético, toda vez que en la contestación de la demanda se reconoce la posesión del inmueble por 15 años y 6 meses, mientras que en una pericia se indica que esos árboles tenían 16 años de antigüedad, habiendo una diferencia de casi 6 meses. Esta Sala aprecia, se utilizó una “tabla de diámetros por edad”, siendo una técnica de aproximación y estimación. En ese sentido, una estimación es una aproximación o cálculo basado en datos limitados, parciales o incompletos, con el objetivo de obtener una idea razonablemente precisa de una cantidad, valor, tamaño, tiempo u otra medida. Se utiliza cuando no es posible o práctico obtener un valor exacto, pero sí cercano o aproximado, siendo común en diversas disciplinas, como en este caso para evaluar plantaciones forestales. Esas tablas se basan en datos recolectados de estudios previos y observaciones empíricas sobre el crecimiento en diámetro de los árboles a lo largo del tiempo. Cuando se calcula por periodos de años, no es exacto en determinar la fecha exacta de cultivo, con días y meses, debido a la variabilidad natural (fluctuaciones o cambios en los sistemas naturales) en el crecimiento de los árboles. Toda estimación tiene una margen de error. La aproximación no busca ser exacta, sino proporcionar un valor cercano a la realidad para facilitar la toma de decisiones o la planificación. Un margen de error menor a seis meses es razonable y generalmente aceptado como dentro de los límites de precisión aceptables, especialmente cuando la prueba fue valorada en su conjunto con otras evidencias.
Descriptor: Costas
Restrictor: Exoneración
Resumen: El ordinal 55 de la Ley de Jurisdicción Agraria contempla como motivo de exoneración de las costas, la existencia de motivos suficientes para litigar. El reconocimiento de un vencimiento recíproco, donde cada parte presentó argumentos legalmente válidos y razonables, indica que hubo bases suficientes para presentar sus reclamaciones o defensas, legitimando así los motivos suficientes para litigar. Al exonerar a las partes por vencimiento recíproco, el Tribunal implícitamente reconoció que existían motivos suficientes para litigar para ambas partes, lo cual no constituye una aplicación indebida del citado precepto.
Voto 1359-F-2024
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Adición y/o aclaración / Formalidades del recurso
Resumen: Si la parte extrañó el análisis de su demanda, debió promover la respectiva gestión de adición y aclaración según el artículo 69.2 del Código Procesal Civil, que indica: “Solamente podrá alegar una causal de casación, por razones procesales, la parte a quien hubiere perjudicado la inobservancia de la ley procesal. Además, es indispensable, cuando el procedimiento lo permita, haber gestionado la rectificación del vicio y haber agotado todos los recursos procedentes contra lo resuelto”. Por ende, si consideraba que los hechos y pretensiones invocadas por ella, se omitieron en el fallo, debió gestionar la respectiva adición del pronunciamiento.
Descriptor: Debido proceso
Restrictor: Derecho de defensa
Resumen: El supuesto quebranto al debido proceso no se constata en la sentencia atacada. La mera omisión de referir, en el encabezado, que una persona jurídica figuraba como coactora, no produce ningún defecto sustancial en el fallo atacado, que resolvió íntegramente los hechos y pretensiones invocados por ambas codemandantes. Por otra parte, se alega indefensión al no tener por demostrado un hecho invocado en la demanda (falta de firma de unas facturas). Aprecia la Sala, no sólo no se observa omisión de pronunciamiento sobre este hecho, sino que tal alegación de la actora se tuvo por acreditada y fue la que sirvió de base para rechazar la demanda, ya que la falta de firma, según la sentencia, excluía la eficacia ejecutiva -y probatoria- de los títulos, por lo que la única garantía existente para la línea de crédito era la hipoteca.
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Casación útil
Resumen: Considerando los fundamentos de fallo, ninguno de los planteamientos de la parte los combate eficazmente.
Descriptor: Principio lo accesorio sigue lo principal
Restrictor: Concepto y alcance
Resumen: Lo que la actora parece tener en mente es que la suerte de un accesorio (las facturas), incide sobre otro accesorio (la garantía) y el negocio principal, lo que justamente contraviene el principio jurídico elemental de que lo accesorio sigue a lo principal, sin que aplique la relación inversa.
Descriptor: Costas
Restrictor: Condena al vencido
Resumen: El reproche en torno a la inadmisibilidad de la condena en costas, no resulta de recibo en tanto se descartó el quebranto al debido proceso y las coactoras se mantienen como parte vencida en el litigio, de modo que corresponde imponerlas en los términos fijados por el numeral 73.1 del Código Procesal Civil.
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Costas
Resumen: Se rechaza los recursos de casación de las coactoras, con las costas generadas con el ejercicio de esta instancia (precepto 61.2.3 Código procesal Civil).
Voto 1426-F-2024
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Casación útil
Resumen: Varias situaciones fácticas y conclusiones esgrimidas en la resolución, no han sido contrarrestadas en el presente recurso de casación. Para esta Sala, resulta improcedente revocar el fallo impugnado, si el recurrente no logra desacreditar la totalidad de los razonamientos dados por el Tribunal.
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Preterición de prueba
Resumen: En el presente asunto, por la forma cómo se resuelve, resulta innecesario analizar si existió o no preterición por parte de los juzgadores.