Sala Primera de la
Corte Suprema de Justicia

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Elimina disposiciones de CONASSIF

Sala I falló a favor de sociedades de fondos

Medidas que afectaban las carteras de largo plazo se eliminaron

Juan Pablo Arias Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. 10:55 p.m. 01/11/2010

La obligación de cobrar una comisión de salida o establecer tiempos de permanencia en los fondos de inversión de largo plazo fue eliminada por una disposición del Tribunal Contencioso Administrativo, respaldada por una resolución de la Sala Primera.

 

Los artículos 34, 61 y 67 del Reglamento General sobre Sociedades de Fondos de Inversión fueron modificados por el Consejo de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) en el 2008, con el fin de evitar la entrada en portafolios colectivos de largo plazo de inversionistas que no cumplieran con un perfil adecuado.

 

Por ello, la Cámara Nacional de Sociedades de Fondos de Inversión (CNSFI) interpuso una demanda contra Conassif y la Superintendencia General de Valores, por considerar que la medida resultaba “desproporcionada”.

 

Según esta agrupación, las disposiciones establecidas limitaban la potestad de las sociedades a decidir sobre las comisiones que imponen a los inversionistas.

 

“Lo que se recupera es la flexibilidad de administrar los fondos de acuerdo con las necesidades de los clientes”, dijo Víctor Chacón, director ejecutivo de la CNSFI.

 

En la actualidad, los fondos de inversión de largo plazo representan el 9% del total de la industria.

 

Por su parte, Conassif aceptó la resolución de la Sala, emitida a finales de agosto del 2010.

 

“Somos respetuosos de la ley y la acataremos”, dijo José Luis Arce, presidente interino del Consejo.

 

Agregó que, tras el fallo, tratarán de crear incentivos para que las gestoras procuren la ubicación correcta de los inversionistas, según su perfil de riesgo y necesidades.