Clasificación Semanal
A continuación, se enlistan las clasificaciones de las sentencias de fondo y/o conflictos de competencia (notificadas y firmes) de la Sala Primera, elaboradas, en esta semana, por el Centro Electrónico Casacional de la Sala Primera (CECA) e incluídas en la consulta de "Jurisprudencia en línea".
Voto 1520-2010
Descriptor: Conclusión suscinta
Restrictor: Proceso especial tributario
Resumen: La Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa no prevé la realización de conclusiones sucintas para el proceso especial tributario (que cuenta con regulación específica), como sí se hace para los ordinarios (canon 58 ibídem), por lo que no constituye vicio la omisión que se le endilga.
Categoría: Relevante
Descriptor: Caducidad procedimiento administrativo
Restrictor: Procedimiento especial tributario
Resumen: Definición de caducidad. Inaplicabilidad de la caducidad en procedimientos determinativos tributarios, al no estar regulado en el Código Tributario. Lo anterior no implica que exista una laguna que deba ser suplida mediante analogía, porque bien puede ser que la omisión legislativa haya sido intencional, a efectos de no habilitar determinada figura o consecuencia jurídica en un campo específico. En materia procesal, por tratarse de una concatenación de etapas, los distintos actos procedimentales se encuentran dispuestos en la normativa, aunque sea en forma mínima. Por ende, no debe aplicarse de manera supletoria la caducidad del artículo 340 de la Ley General de la Administración Pública en materia tributaria.
Categoría: Relevante
Descriptor: Integración normativa
Restrictor: Analogía
Resumen: Los vacíos normativos se dan cuando, en aplicación del principio de plenitud del ordenamiento, se presenta un conflicto por una situación de hecho no prevista en forma expresa, que debe ser resuelta o bien, cuando la legislación aplicable la regula pero en forma incompleta.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Competencia
Restrictor: En razón del tiempo
Resumen: La falta de competencia se limita cuando “su existencia o ejercicio esté sujeto a condiciones o términos de extinción (ordinal 66 Ley General de la Administración Pública). Debe diferenciarse entre la caducidad de la acción y la caducidad del procedimiento, siendo que únicamente la primera extingue la competencia para el caso concreto. La segunda en nada se relaciona con la competencia, ya que se trata de una sanción ante la indolencia en el impulso del procedimiento, pero no afecta los elementos esenciales de la acción, la cual podría ser iniciada nuevamente, salvo que haya operado la prescripción del derecho.
Categoría: Relevante
Voto 121-2011
Descriptor: Potestad sancionatoria
Restrictor: Principio de tipicidad
Resumen: Análisis sobre el principio de tipicidad. El órgano podrá sancionar en los supuestos previstos por la norma tipificadora (adecuación entre el hecho cometido y la conducta descrita como infracción en la ley), so pena de nulidad de la resolución. Se prohíbe la interpretación extensiva o analógica como criterios integradores ante la presencia de laguna legal, pues quebrantaría los principios de legalidad, seguridad jurídica y tipicidad. En cuanto a la aplicación normativa en el tiempo, ninguna duda se plantea respecto a la aplicación del principio de irretroactividad (artículo 34 Constitución Política) a la potestad sancionatoria, que debe ser exigida con base en la normativa vigente al momento de cometerse los hechos y no en otra posterior a tal fecha. En la especie, la actora incumplió lo dispuesto por los artículos 21 de la Ley de Contratación Administrativa y 23 de su Reglamento, vigentes al momento de los hechos, por haber ejecutado el contrato sin contar con el correspondiente refrendo contralor. Sin embargo, esa ley no contemplaba sanción alguna para quien incumpliera aquél supuesto.
Categoría: Moderados
Voto 250-F-S1-2011
Descriptor: Práctica monopolística absoluta
Restrictor: Multa
Resumen: En la especie, los industriales del arroz y miembros de la Asociación Nacional de Industriales del Sector Arrocero incurren en una práctica monopolística absoluta, por lo que la Comisión para Promover la Competencia les impuso una multa (artículos 11 y 28 Ley para Promover la Competencia). Sin embargo, los juzgadores de instancia determinan que el pronunciamiento adolece de un análisis individualizado de la responsabilidad de cada agente económico y de los criterios utilizados para imponer las sanciones (deber de fundamentar que integra el debido proceso y la posibilidad de ejercer la defensa técnica).
Categoría: Moderado
Voto 311-2011
Descriptor: Ejecución de sentencia
Restrictor: Ejecución de acto firme y favorable
Resumen: En el caso bajo estudio, la resolución atacada no pone término al proceso formulado por la ejecutante, de modo tal que no cumple con el artículo 178 del Código Procesal Contencioso Administrativo. Por ende, el ejercicio de este recurso está habilitado contra el fallo final emitido en este tipo de procesos.
Categoría: Repetitivo
Voto 313-2011
Descriptor: Ejecución de sentencia
Restrictor: Condenatoria en abstracto
Resumen: En la especie, existe identidad entre las circunstancias fácticas consideradas en esta ejecución para otorgar el daño moral y aquellas que derivaron en el pronunciamiento constitucional y, por ende, en la condenatoria en abstracto (violación al derecho de estabilidad laboral al sustituir un interino por otro interino, bajo la misma condición).
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Daño
Restrictor: Daño moral
Resumen: En el presente asunto, la Sala estima que el monto por daño moral subjetivo concedido no resulta excesivo, debido a que el Ministerio de Educación sustituyó un interno por otro en una plaza de educador, lo cual afecta en forma directa e inmediata los ingresos de la ejecutante y su estado de ánimo.
Categoría: Repetitivo
Voto 32011-2011
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Ofrecimiento de prueba
Resumen: En casación solo se podrá aportar prueba documental que la recurrente jure no haber conocido con anterioridad, relacionada a hechos nuevos o posteriores a la sentencia recurrida (artículo 145 Código Procesal Contencioso Administrativo), lo cual no sucede en el presente asunto. El escrito aportado en el recurso de casación se presentó ante el Tribunal y consta en el expediente judicial. Por ende, resulta innecesaria.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Prueba
Restrictor: Admisión probatoria
Resumen: En la especie, se acusa indefensión al aportar unas cajas de medicamentos, así como los prospectos o indicaciones, para combatir las defensas del demandado (artículo 137.b. Código Procesal Contencioso). Sin embargo, constan en el expediente y fueron analizados y denegados por el juez tramitador, al considerarlas extemporáneas, porque debió presentarlas con la demanda, al tener conocimiento y acceso a ellas. Por otro lado, el objeto de este proceso no radica en determinar si el Ministerio de Salud aprueba la inscripción de medicamentos elaborados con morfina, por lo que resulta inocua la referida prueba. La actora, además, no solicitó, al momento de efectuar sus conclusiones, se tuviera como incorporada, razón por la cual renunció a ella.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Droga estupefaciente
Restrictor: Medicamento
Resumen: Análisis de la Ley General de Salud y la Ley n° 8204, que prohíbe el cultivo y uso de la adormidera, la coca, el cáñamo o marihuana y otras plantas de efectos similares, declarado así por el Ministerio de Salud, salvo aquellos medicamentos de nombre registrado, usados por médicos y distribuidos por establecimientos autorizados, que contengan drogas estupefacientes. En la especie, se rechaza la solicitud para inscribir una cerveza que contiene, entre otros ingredientes, hojas y flores de cáñamo (marihuana), las cuales está prohibida su importación.
Categoría: Moderado
Voto 32811-2011
Descriptor: Prueba
Restrictor: Pericial
Resumen: La prueba pericial y la testimonial sirven para acreditar diferentes hechos. La primera es idónea, por ser conocimientos técnicos extraños al derecho, para establecer si existe o no una invasión en el terreno de la actora, medir el área y fijar exactamente la zona afectada, así para determinar si se edificó en su predio (artículo 401 Código Procesal Civil); lo cual resulta imposible determinarlo a partir de la declaración de un testigo, siendo su dicho útil para acreditar hechos puros y simples (numeral 351 ibídem). En el presente proceso, la pericia fue abandonada por la accionante, al no efectuar el depósito del dinero para el perito, por lo que no se pudo acreditar los hechos al requerir de un criterio técnico.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Costas
Resumen: El recurrente cita infringido el artículo 222 del Código Procesal Civil, por no habérsele eximido del pago en costas. Empero, al tratarse de una violación directa de ley, tiene la obligación de indicar el precepto que, en su criterio, debió aplicar el Tribunal y el que utilizó indebidamente, es decir, el 221 ibídem, que sirvió de fundamento a la condena, lo cual no hizo, por lo que el cargo resulta informal.
Categoría: Repetitivo
Voto 467-2011
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Casación por razones procesales
Resumen: La falta de fundamentación surge cuando no existe motivación del fallo, o su desarrollo es confuso o contradictorio, de forma que impida tener claridad, en cuanto a los razonamientos que derivaron en la decisión adoptada en la parte dispositiva de la sentencia, lo que vulnera el debido proceso y el derecho de defensa (ordinal 137.d Código Procesal Contencioso). No debe confundirse con un mecanismo para cuestionar los fundamentos jurídicos de la sentencia, es decir, entrar a discutir la aplicación del Derecho o la valoración de la prueba, realizada en la parte considerativa de la sentencia, para lo cual el Código de rito establece causales autónomas (artículo 138). En el presente caso, el fallo recurrido sí contiene la motivación sobre la suma otorgada como indemnización por daño moral subjetivo, por la detención ilegítima del ejecutante durante aproximadamente siete horas, por un error imputable al Tribunal Penal.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Daño
Restrictor: Daño moral
Resumen: Análisis sobre el daño moral subjetivo. A los jueces les es dable inferir el daño con fundamento en indicios, tomando en cuenta las circunstancias del caso, los principios generales de derecho y la equidad. Se trata de fijar un auxilio monetario a su lesión, para así reparar, al menos en parte, su ofensa. Están comprendidos en los principios constitucionales de razonabilidad y proporcionalidad. En la especie, la Sala disminuye el monto por daño moral subjetivo concedido al ejecutante, debido a su detención ilegal durante aproximadamente siete horas, por un error imputable al Tribunal Penal.
Categoría: Repetitivo
Voto 470-2011
Descriptor: Usucapión
Restrictor: Concepto y alcance
Resumen: El artículo 853 del Código Civil determina los presupuestos elementales para que proceda la usucapión: título traslativo de dominio, buena fe y posesión. En la especie, el demandado ejerce una posesión de mala fe (285 ibídem), porque el inmueble fue adquirido por el actor como consecuencia de la ejecución de una garantía hipotecaria. Carece de título traslativo de dominio por la forma cómo el actor adquirió el lote.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Mejora
Restrictor: Reconocimiento
Resumen: En la especie, el Juzgado reconoce las mejoras hechas por los contrademandantes en una casa de habitación. Por ende, no se concede la petición de que se declare la copropiedad, en tanto fue peticionada de forma subsidiaria, ante el evento de que no se le reconocieran las primeras.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Costas
Resumen: En criterio de mayoría de la Sala, se imponen al vencido por resultar perdidoso en el litigio, sin considerarlo litigante temerario o de mala fe (artículo 221 Código Procesal Civil). El 222 ibídem establece los supuestos en que puede eximirse de su pago, lo cual es una facultad otorgada al Juzgador. Se violenta esta norma cuando se declara la exoneración sin estarse en presencia de alguno de los supuestos que la autorizan. En el presente asunto, los codemandados resultaron perdidosos respecto de las pretensiones fundamentales de la acción reivindicatoria, de ahí se les obliga al pago de ambas costas, por lo que se aplicó correctamente el canon 221 mencionado.
Categoría: Repetitivo
Voto 473-2011
Descriptor: Caducidad del proceso
Restrictor: Concepto y alcance
Resumen: La revisión en casación de la declaratoria de caducidad es de índole procesal (artículo 68.4. Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo). Para que opere debe transcurrir un plazo de seis meses sin que se inste la continuación del proceso, siempre y cuando para su impulso, se requiera la actuación de la actora. En la especie, transcurrió el plazo desde el último acto procesal que consta en el expediente. Las acciones realizadas posteriores a que la inercia procesal sea apreciada, de oficio o a gestión de parte (aún y cuando estas sean tendientes a la prosecución del proceso) no tienen la virtud de interrumpir el plazo. Por otra parte, luego de que se tuviera por interpuesto el proceso, es obligación de la parte diligenciar los edictos y comunicar al despacho el cumplimiento de la publicación en un diario de circulación nacional, siendo este requisito necesario para conferir el plazo para deducir de la demanda.
Categoría: Repetitivo
Voto 522-2011
Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Formalidades del recurso
Resumen: En materia agraria, no precisa señalar las normas del ordenamiento jurídico violadas o el tipo de infracción cometida; pero resulta imprescindible ordenar los argumentos e infracciones de manera técnica, lo cual implica señalar y estructurar los reparos a la sentencia para demostrar su infracción al cuadro fáctico o marco de juricidad. Ello impone la necesidad de explicar de forma clara y precisa las razones que sustentan la gestión, combatiendo sistemáticamente los fundamentos jurídicos del fallo recurrido, lo cual no se hace en el presente recurso, por lo que los cargos deberán rechazarse.
Categoría Repetitivo
Voto 525-2011
Descriptor: Responsabilidad
Restrictor: Responsabilidad bancaria
Resumen: En la especie, hubo una disminución patrimonial en la cuenta de los actores producto de la utilización del sistema de Internet Banking.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Carga probatoria
Restrictor: Concepto y alcance
Resumen: En casos de internet banking, la actora se encuentra en una situación difícil o imposible para comprobar algunos hechos o presupuestos esenciales para su pretensión, colocándola ante una posible indefensión. Por ello, se redistribuye el deber de demostración entre los litigantes, en donde el “onus probandi” (deber probatorio) le corresponde a quien se encuentre en mejores condiciones para aportar la prueba al proceso. La víctima debe acreditar el daño sufrido y el nexo de causalidad. El accionado debe probar que es ajeno a la producción del daño, es decir, debe demostrar la concurrencia de alguna causa eximente de responsabilidad (culpa de la víctima, el hecho de un tercero o la fuerza mayor). Este, además, no es responsable si comprueba que no le es aplicable el ordinal 35 de la Ley de Defensa del Consumidor, en el sentido de que las partes no se encontraran en una relación de consumo. En la especie, hubo una disminución patrimonial en la cuenta de los actores producto de la utilización del sistema de internet banking.
Categoría: Repetitivo
Voto 526-2011
Descriptor: Cosa juzgada material
Restrictor: Ejecución de acto firme y favorable
Resumen: La resolución que se ejecuta no posee el efecto de la cosa juzgada material atribuido a las sentencias firmes, al tratarse de un pronunciamiento dictado en sede administrativa, el cual puede ser anulado por la vía de lesividad. Por ende, no se configura la causal procesal del ordinal 137.i. del Código Procesal Contencioso Administrativo.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Indexación
Restrictor: Distinción con el interés
Resumen: La indexación es un mecanismo para reajustar, en el caso de obligaciones dinerarias, la pérdida del valor de la moneda por la inflación. Al calcularlo, utiliza el Índice de Precios al Consumidor (IPC). En el caso de los intereses legales, se compensa, además, el costo de oportunidad que tuvo que soportar quien no recibió el dinero debido durante el plazo del incumplimiento. Su otorgamiento se encuentra sujeto al principio dispositivo, es decir, debe ser solicitado expresamente por el interesado, por lo que restringe el actuar del órgano jurisdiccional. Queda claro que se trata de institutos distintos.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Intereses
Restrictor: Distinción con la indexación
Resumen: La indexación es un mecanismo para reajustar, en el caso de obligaciones dinerarias, la pérdida del valor de la moneda por la inflación. Al calcularlo, utiliza el Índice de Precios al Consumidor (IPC). En el caso de los intereses legales, se compensa, además, el costo de oportunidad que tuvo que soportar quien no recibió el dinero debido durante el plazo del incumplimiento. Su otorgamiento se encuentra sujeto al principio dispositivo, es decir, debe ser solicitado expresamente por el interesado, por lo que restringe el actuar del órgano jurisdiccional. Queda claro que se trata de institutos distintos.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Intereses
Restrictor: Obligación dineraria
Resumen: Se cita normativa sobre la reparación plena de los daños sufridos -tutela judicial efectiva- (ordinales 41 y 45 Constitución Política, 19 Ley de Contratación Administrativa y 124.2. Código Procesal Contencioso Administrativo). En aras de conseguir una reparación integral, tratándose de un menoscabo ocasionado por una deuda dineraria (diferencias de pensión), procede reconocer intereses al administrado cuando exista demora de la Administración en cancelar sus obligaciones, pues constituye una consecuencia lógica ante el incumplimiento estatal (ordinal 706 Código Civil).
Categoría: Repetitivo
Voto 528-2011
Descriptor: Sentencia
Restrictor: Presupuesto de fondo
Resumen: El interés constituye uno de los presupuestos esenciales para cualquier sentencia estimatoria. Debe ser actual y mantenerse durante todas las etapas del proceso jurisdiccional. En el presente asunto, los representantes de un taller de enderezado y pintura solicitan la nulidad de una orden sanitaria. Sin embargo, el establecimiento cerró y se trasladó del inmueble en cuestión. El permiso sanitario de funcionamiento indica que “es válido exclusivamente para el establecimiento, actividad y en la dirección indicada y debe ser renovado el día …”. Esto implica que, aún y cuando se declare la nulidad de la conducta administrativa con efecto retroactivo, ello a nada conduciría, pues el interesado deberá gestionar un nuevo permiso para futuro. Por ende, no existe una necesidad latente para resolver el conflicto planteado.
Categoría: Repetitivo
Voto 545-2011
Descriptor: Recurso de nulidad
Restrictor: Competencia para resolver
Resumen: La debida motivación, como parte del debido proceso, no autoriza a que por medio del recurso de nulidad formulado contra el laudo, se haga una ponderación minuciosa del acierto o no de las razones dadas por los árbitros. Hacerse de esa forma, implicaría una revisión de las probanzas y su valoración respecto del análisis de fondo, lo cual le está vedado a esta Sala entrar a conocer, pues irrespetaría la voluntad de las partes, quienes convinieron dirimir su controversia por la vía del arbitraje.
Categoría: Repetitivo
Descriptor: Falta de fundamentación
Restrictor: Concepto y alcance
Resumen: La falta de motivación está referida a la carencia absoluta de fundamentación y razonamiento de la decisión final, más no a la falta de exhaustiva valoración de los elementos de convicción traídos a los autos. . En la especie, no se estaría frente a una ausencia total de motivación del laudo, sino frente a una eventual fundamentación insuficiente, la cual no permite su anulación en esta vía.
Categoría: Repetitivo
Voto 546-2011
Descriptor: Contrato
Restrictor: Incumplimiento contractual
Resumen: Empresa de seguridad infringe el deber de seguridad, vigilancia y protección, al suceder actos vandálicos en varios vehículos, no contar y portar con los permisos legales de armas, abandono de puestos y falta de personal de relevo, lo cual genera incumplimiento grave que faculta la resolución del contrato con el Poder Judicial.
Categoría: Repetitivo
Voto 548-2011
Descriptor: Cosa juzgada material
Restrictor: Concepto y alcance
Resumen: Para que la sentencia produzca cosa juzgada material en relación con otro proceso, se requiere que en ambos sean iguales las partes, el objeto y la causa (ordinal 163 Código Procesal Civil). La causa es el fundamento o razón alegada por el demandante para obtener el objeto de la pretensión contenida en la demanda. Está formada por el conjunto de hechos alegados como base de la demanda. En la especie, si bien ambos conflictos se relacionan con un mismo bien, lo cierto es que las causas o presupuestos fácticos del supuesto faltante de terreno de la actora es diverso, por lo que no podría admitirse una identidad.
Categoría: Repetitivo