Sala Primera de la
Corte Suprema de Justicia

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Clasificación semanal: 18/03/2013 al 22/03/2013

 

     A continuación, se enlistan las clasificaciones de las sentencias de fondo y/o conflictos de competencia (notificadas y firmes) de la Sala Primera, elaboradas, en esta semana, por el Centro Electrónico Casacional de la Sala Primera (CECA) e incluídas en la consulta de "Jurisprudencia en línea".  

 


Voto 201-2012

Descriptor: Daño
Restrictor: Daño moral
Resumen: Análisis sobre el daño moral subjetivo, su prueba y cuantificación. En la especie, la Sala Constitucional declaró con lugar recurso de amparo por violación al derecho de trabajo, por comprobar que al amparado se le nombró por inopia como profesor, pero no le fue comunicada la prórroga de todo el período lectivo 2008. Al no presentarse a impartir las clases, situación imputable al Ministerio de Educación, se le cesó su interinidad. A esta Sala no le cabe duda del daño moral subjetivo al ejecutante, pues tuvo que haber pasado por una situación de angustia, zozobra y, por ende, su estado anímico se vio afectado. Queda clara la existencia del daño moral y su nexo causal con los hechos analizados en la sentencia constitucional con lo ejecutado, siendo que el monto concedido por el Juez se ajusta al daño moral sufrido. 
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Daño
Restrictor: Daño material
Resumen: En el presente asunto, el Tribunal concede al ejecutante un monto por los salarios dejados de percibir como profesor. Sin embargo, no hace la rebaja correspondiente a la contribución de las cargas sociales (cuotas obrero) que está en obligación de pagar a la Caja Costarricense de Seguro Social (responsabilidad social). No es posible asumir que los montos de salario que constan en el expediente, corresponden al salario neto, es decir, ya con las rebajas de ley efectuadas, sino al salario bruto del ejecutante.
Categoría: Repetitivo

Voto 1607-2012

Descriptor: Responsabilidad
Restrictor: Responsabilidad bancaria
Resumen: Régimen de responsabilidad objetiva por riesgo para las relaciones de consumo. Los inconvenientes de una actividad lucrativa –como la actividad bancaria- han de ser asumidos por quien la desarrolla (artículo 35 Ley del Consumidor). Deber del consumidor de demostrar la lesión (daño sufrido) y el nexo de causalidad con la acción que despliega el sujeto al que la reclama. Este último puede acreditar el rompimiento del vínculo por ajenidad del daño, es decir, si comprueba los eximentes de hecho de un tercero, culpa de víctima o la fuerza mayor; o que el citado régimen no le es aplicable, porque las partes no se encuentran en una relación de consumo. Tocante a la carga probatoria, se redistribuye el deber de demostración entre las partes litigantes, en donde el onus probando (deber probatorio) le corresponde a quien se encuentre en mejores condiciones para aportar la prueba al proceso. En la especie, el banco demandado debió adjuntar probanzas que se contrapusieran a la buena fe que se presume en el actor. Tampoco identifica prueba para concluir la suficiencia de los sistemas de seguridad que implementó, carencia que es el motivo por el cual el Tribunal le atribuyó responsabilidad.
Categoría: Repetitivo

Voto 1608-2012

Descriptor: Contrato
Restrictor: Incumplimiento contractual
Resumen: En la especie, el Tribunal acogió la excepción de contrato no cumplido y declaró el incumplimiento de la empresa actora, de un contrato de prestación de servicios de impresión y entrega de folletos de un documento -contrato de resultado-, pues no logró demostrar que hizo la entrega del material en los días señalados en el contrato.
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Formalidades del recurso
Resumen: De acuerdo a la técnica requerida por el recurso de casación, no basta con mencionar un cúmulo de pruebas que se estiman preteridas o mal ponderadas, sin indicar de manera expresa y clara, la forma en qué esos elementos acreditan su tesis, ya que admitir el agravio en los términos planteados llevaría a la Sala a actuar como Tribunal de instancia, examinando uno a uno los elementos probatorios citados a ver si logra desvirtuar la posición de los juzgadores, lo cual no corresponde a este órgano.
Categoría: Repetitivo

Voto 1681-2012

Descriptor: Prueba para mejor resolver
Restrictor: Concepto y alcance
Resumen: Es una prueba discrecional del juzgador, quien decide su conveniencia y necesidad. Facultad del juzgador de incorporar, en la fase conclusiva, pruebas relevantes para la correcta decisión del conflicto, sean: totalmente nuevas, declaradas inevacuables, nulas, rechazadas por extemporáneas, inadmisibles o relacionadas a hechos que se tuvieron por ciertos ante la rebeldía del accionado (artículos 331 y 575 Código Procesal Civil). Si la ordena, debe respetar el debido proceso y si prescinde de ella, no necesita de resolución expresa. En la especie, el Juzgado  descartó la testimonial por no haberse presentado los deponentes al Despacho en la fecha y hora señala; luego señaló nueva fecha para su evacuación, en uso de esa facultad discrecional. Por otro lado, el accionado no recurrió la resolución que ahora combate, en la que se admitió la prueba testimonial para mejor resolver debatida, por lo que se trata de un asunto precluido.
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Formalidades del recurso
Resumen: En la especie, los argumentos resultan confusos, al punto que no es posible extraer de ellos, de manera clara y precisa, cuál es el punto en que radica su descontento respecto de lo decidido, lo cual impide el estudio del cargo.
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Contrato
Restrictor: Incumplimiento contractual
Resumen: En el presente asunto, mediante contrato verbal, las partes acordaron la compraventa de madera en pie que se pudiera extraer de una finca. Sin embargo, el vendedor luego se lo impide. El comprador interpone proceso ordinario contra el vendedor, en donde ambas instancias declaran el incumplimiento del demandado.
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Sentencia
Restrictor: Nulidad
Resumen: Dado que el Tribunal Agrario anuló el fallo de primera instancia, no resuelta extraño que el Juzgado, al resolver de nuevo sobre el fondo del asunto, de acuerdo con el mérito de los autos, lo haya hecho de manera distinta. Ello es posible, por cuanto el Tribunal,  como consecuencia de la invalidez decretada, dejó sin efecto la sentencia anulada y debía pronunciarse en los aspectos que se omitieron en el primer fallo. De tal manera, el Juzgado podía apreciar de nuevo la prueba a conciencia, respetando los principios de derecho y equidad.
Categoría: Moderado

Voto 1682-2012

Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Violación indirecta de ley sustantiva
Resumen: Análisis sobre los errores de hecho o de derecho en la valoración probatoria; así como las formalidades en el recurso de casación. En la especie, si bien el recurrente señalar los preceptos sobre el valor probatorio de las diversas pruebas que acusa indebidamente apreciadas (confesional, contestación de la demanda, documental y testimonial), la cita de las normas sustantivas que acusa infringidas resulta insuficiente para que esta Sala acceda al estudio de los cargos; pues en su exposición omite indicar con la claridad y precisión requerida, en qué consistiría su infracción. Se suma la falta de claridad y precisión de sus argumentos, lo cual imposibilita saber cuáles son en concreto los yerros y respecto de cuáles pruebas específicamente. Esta instancia procesal no corresponde a un recurso ordinario (como es el de apelación), ni resulta suficiente manifestar disconformidades generales y meramente argumentativas.
Categoría: Repetitivo

Voto 1683-2012

Descriptor: Incongruencia
Restrictor: Concepto y alcance
Resumen: Análisis sobre el vicio de incongruencia, en concreto, su concepto, fundamento jurídico -preceptos 54 Ley de la Jurisdicción Agraria, 99 y 155 Código Procesal Civil-, límites subjetivos (partes) y objetivos (objeto y causa de pedir); así como la posibilidad del juez de modificar las razones jurídicas por las que falla (principio iuria novit curia). En la especie, la sentencia resuelve sobre lo que no ha sido pedido, toda vez que en la petitoria de la demanda, la actora no solicitó el cumplimiento del compromiso plasmado en la escritura de donación. También varía la causa de pedir, lo que infringe el derecho de defensa de la demandada.  
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Causa de pedir
Restrictor: Concepto y alcance
Resumen: Concepto de causa de pedir. La sentencia bajo estudio se fundamentó en supuestos fácticos que no fueron invocados por las actoras oportunamente, lesionándose gravemente con ello el derecho de defensa de la demandada. El cumplimiento del compromiso que figura en la escritura de donación no fue pretendido ni constituyó la causa de pedir, pues la razón para reclamar la nulidad de ese contrato era la existencia de vicios de la voluntad de la donante. En consecuencia, al haber variado el Tribunal las pretensiones de la demanda, y adicionalmente también los hechos sobre los cuales se cimenta la petitoria, incurrió en incongruencia y quebranto del derecho de defensa. 
Categoría: Repetitivo

Voto 1685-2012

Descriptor: Incongruencia
Restrictor: Concepto y alcance
Resumen: En la especie, el Tribunal incurre en vicio de incongruencia, al existir una disociación entre el monto solicitado en la demanda y lo concedido en la sentencia (monto total en colones sustraído de las cuentas de ahorro de la accionante), sin considerar el reconocimiento parcial del reclamo en sede administrativa. Dado que la extralimitación se da, no en cuanto al reconocimiento del extremo, sino en el error de no restar lo reconocido en sede administrativa, carece de interés ordenar el reenvío ante el órgano de instancia (artículo 150.1 Código Procesal Contencioso Administrativo).
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Reenvío
Resumen: El reenvío es necesario cuando el Tribunal omitió realizar un pronunciamiento sobre alguna de las pretensiones de la parte (canon 150.1 Código Procesal Contencioso Administrativo). Ese defecto recae directamente sobre la sentencia, por lo que la devolución del expediente tendría el efecto de generar un nuevo fallo. Resulta innecesario en algunos casos de ultra o extra petita, porque para corregir la actuación procesal defectuosa solo se debe eliminar lo otorgado en demasía por el órgano jurisdiccional de instancia, lo cual se da con la anulación del fallo y el ajuste del pronunciamiento a lo requerido por la parte. En la especie, el error reclamado no versa sobre la aceptación del rubro, sino sobre el monto reconocido (Tribunal olvida deducir la suma abonada en sede administrativa), por lo que se varía lo peticionado por la parte, pero resulta innecesario ordenar el reenvío.
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Responsabilidad
Restrictor: Responsabilidad objetiva
Resumen: Tocante a la carga probatoria en asuntos de responsabilidad bancaria por transacciones realizadas por internet en perjuicio de sus clientes, se redistribuye el deber de demostración entre las partes litigantes, en donde el onus probando (deber probatorio) le corresponde a quien se encuentre en mejores condiciones para aportar la prueba al proceso. Deber de la víctima de demostrar el daño sufrido y el nexo de causalidad.  El accionado debe probar que es ajeno a la producción del daño (demostrar alguna causa eximente de responsabilidad: culpa de la víctima, hecho de un tercero o fuerza mayor) o que no le es aplicable el régimen del artículo 35 de la Ley del Consumidor (sea que las partes no se encuentran en una relación de consumo o que la teoría del riesgo no se ubica en un grado de anormalidad). En el presente asunto, ninguna de la prueba que acusa (informe, confesional y un testimonio) contradice la presunción de buena fe que le asiste a la actora respecto de sus pretensiones, por lo que no incurrió el Tribunal en los errores de apreciación de la prueba que se le achaca. 
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Costas
Resumen: La mayoría de esta Sala ha indicado que el pronunciamiento sobre costas debe hacerse de oficio, condenando al vencido a su reconocimiento, sin que se le considere litigante temerario o de mala fe (canon 193 Código Procesal Contencioso). El mismo artículo dispone los supuestos por los cuales podrá eximírsele de su pago. Cuando no se hace uso de esta facultad, no puede infringirse la norma. A la inversa, es posible conculcarla por mal uso o uso indebido. Entonces, según las circunstancias del caso, sí puede resultar procedente un recurso de casación. No incurrió el fallo atacado en el quebranto aducido al imponer el pago de las costas a la parte perdidosa, según ordena esa norma.
Categoría: Repetitivo

Voto 1686-2012

Descriptor: Contratación administrativa
Restrictor: Prórroga
Resumen: Un convenio se extingue normalmente cuando la prestación se cumple o cuando el plazo se agota, si la ejecución es diferida en el tiempo (canon 203 Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa). En la especie, el Instituto de Desarrollo Agrario le adjudicó al actor un contrato de servicios profesionales como abogado externo, con un plazo de vigencia por doce meses, prorrogables por un período igual, para diligenciar procesos civiles contra funcionarios del IDA y sus familiares, debido a irregularidades en el manejo y control de tierras (contrato administrativo de plazo cierto y determinado de duración, con prestaciones de trato sucesivo). Vencido el plazo y prorrogado entre ambas partes por un año, la entidad le notificó la no prórroga. Estima la Sala, no se está frente a una rescisión de un contrato en curso de ejecución (ordinales 11 Ley de Contratación Administrativa; 206 y 208 Reglamento a la Ley) sino la finalización del convenio por el simple y puro vencimiento. Por otro lado, la prórroga del convenio es una potestad de la Administración y una mera expectativa al adjudicatario, que solo genera un derecho cuando se hace efectiva. 
Categoría: Repetitivo

Voto 1688-2012

Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Rechazo de plano
Resumen: La actora formuló una serie de razones para que se declare la existencia de errores de hecho y de derecho en los fallos de instancia. Sin embargo, fue interpuesto fuera del plazo de cinco días, por lo que se deniegan ad portas (precepto 61 Ley de la Jurisdicción Agraria). 
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Costas
Restrictor: Exoneración
Resumen: El artículo 55 de la Ley de la Jurisdicción Agraria faculta para exonerar del importe de las costas en tres supuestos: si es evidente que se ha litigado de buena fe, si hubo motivo suficiente para litigar, o si las pretensiones de la vencedora resultaron desproporcionadas. En la especie, el Tribunal justificó la exoneración en que la actora tenía motivo suficiente para acudir a sede jurisdiccional. Sin embargo, los alegatos del recurrente, a fin de propiciar el examen de lo decidido, debían orientarse a desacreditar que la actora tuviera “causa” para litigar, pero perfiló sus disconformidades en una dirección distinta.
Categoría: Repetitivo

Voto 1690-2012

Descriptor: Prueba para mejor proveer
Restrictor: Facultad del juzgador
Resumen: Prueba del juez y no de las partes. No se trata de corregir las omisiones, negligencias o descuidos de las partes en cuanto a la carga probatoria que les incumbe o bien subsanar deficiencias en las técnicas de defensa. Permite incorporar la prueba rechazada, declarada inadmisible, nula o inevacuable. Puede ser prescindida sin necesidad de resolución expresa.
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Ofrecimiento de prueba
Resumen: La prueba ofrecida en la fase casacional consiste en documentos públicos que influyen en la decisión, deben constar en el proceso o bien, haberse presentado con el recurso o su ampliación (precepto 609 Código Procesal Civil). Se ofrece como prueba para mejor proveer una certificación del Secretario de un Juzgado Agrario de un proceso de información posesoria que inició en 1989. Se trata de fotocopias certificadas notarialmente de dicha certificación. El actor bien pudo presentar ese documento al plantear su demanda, pero ni siquiera se refirió en ella. Pretende introducir y comprobar ese hecho a fin de acreditar –en última instancia- otra circunstancia, la posesión. Carece de relevancia, pues la interposición de aquél proceso solo demuestra que para esa data, el actor estableció ese proceso y se consideraba poseedor del inmueble según la Ley de Informaciones Posesorias, pero no así la posesión misma. Para mantener el equilibrio entre las partes y por resultar innecesaria, se deniega la probanza.
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Casación por razones procesales
Resumen: Sobre la denegatoria de prueba acusada, el casacionista no reclamó oportunamente y por el medio previsto (recurso de apelación) su rechazo, por lo que el reclamo habrá de desestimarse (preceptos 597 y 598 Código Procesal Civil). En todo caso, el ofrecimiento fue catalogado como prueba para mejor proveer, por lo que era facultad del juzgador admitirla y valorarla. Tocante a una certificación notarial de la certificación de un Juzgado Agrario, se ofreció en apelación y en carácter de mejor proveer. El Tribunal la denegó al estimarla irrelevante para demostrar la actual posesión del predio; no sin antes señalar que por su naturaleza, era de carácter discrecional y no puede subsanar la omisión de las partes en cuanto a la carga probatoria que les concierne. Por ende, su denegatoria no puede anular el fallo, al ser una facultad del juzgador, quien en la determinación de los hechos relevantes ha de acudir primero a las probanzas aportadas por las partes y respetar el equilibro entre ellas.
Categoría: Repetitivo

 
Descriptor: Prueba
Restrictor: Plano
Resumen: En el presente asunto, se alega que un plano catastrado demuestra la posesión del actor de un fundo desde la fecha cuando se elaboró, lo cual no estima esta Sala, pues sólo acredita la medida, área, ubicación y escala del predio, el cual se levantó a nombre del demandante, quien se identificó como poseedor. Para tener efecto indiciario sobre la posesión, requería de un peritaje para determinar si el terreno descrito en el plano coincide con el que dice poseer el actor; así como testimonial que describiese las características de la posesión, lo que debió proponerse en la demanda. 
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Expropiación
Restrictor: Propiedad indígena
Resumen: En el presente caso, el actor pretende se le indemnice el valor de una propiedad que se encuentra dentro de una reserva indígena, en donde ha ejercido actos posesorios a título de dueño, de forma ininterrumpida, pacífica, pública y quieta. Sin embargo, ambas instancias declararon sin lugar la demanda, al no haber demostrado dicha posesión.
Categoría: Repetitivo