Sala Primera de la
Corte Suprema de Justicia

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Clasificación semanal: 01/04/2013 al 05/04/2013

 

     A continuación, se enlistan las clasificaciones de las sentencias de fondo y/o conflictos de competencia (notificadas y firmes) de la Sala Primera, elaboradas, en esta semana, por el Centro Electrónico Casacional de la Sala Primera (CECA) e incluídas en la consulta de "Jurisprudencia en línea".  

 


Voto 686-2012

Descriptor: Contratación administrativa
Restrictor: Prórroga
Resumen: La prórroga del contrato es una expectativa de derecho, por lo que el vencimiento del rige constituye simplemente la conclusión normal del contrato, es decir, ante el advenimiento del plazo, la no prórroga es la regla. En el subexámine, el aviso previo de no prorrogar el contrato de servicio de entrega de mensajería fue una liberalidad de la Administración, por lo que cumplió con ese deber o requisito pactado.
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Elementos de acto administrativo
Restrictor: Motivo /motivación
Resumen: La motivación es el fundamento, de hecho y de derecho, sobre el que se estructura el contenido de cualquier acto administrativo, a fin de que el administrado conozca los motivos por los cuales el órgano competente toma la decisión que tiene efectos sobre su esfera jurídica, ya sean favorables o ablatorios, último supuesto en donde el afectado puede ejercer el derecho de defensa –debido proceso- en contra de una determinación negativa. En el presente asunto, la Sala estima innecesario justificar la no prórroga de un contrato administrativo.
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Agotamiento de la vía administrativa
Restrictor: Concepto y alcance
Resumen: En la especie, el actor pudo acudir a este proceso en defensa de lo que consideró su derecho, sin impugnar de previo la decisión en sede administrativa, por cuanto de acuerdo a la nueva justicia procesal que rige la materia, no se requiere del agotamiento de la vía para el caso en concreto.
Categoría: Repetitivo


Voto 897-2012

Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Ofrecimiento de prueba
Resumen: En casación, se ofrecen tres documentos para mejor resolver. Sin embargo, lo que se presenta son simples copias de dichos documentos. Incumple con el requisito formal e imperativo de jurar no haberlos conocido con anterioridad. Tampoco indica se refieran a hechos nuevos y posteriores a la sentencia recurrida, ni explica la manera en que tienen influencia en la especie, ni cómo contribuirían a quebrar el fallo impugnado (precepto 145.1 Código Procesal Contencioso). No se observa la necesidad de ordenarlas como prueba para mejor resolver, por la manera en que se resolverá; por lo que se impone su rechazo.
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Casación por razones procesales
Resumen: La falta de motivación es un agravio procesal susceptible de ser revisado en el recurso de casación. No es un mecanismo para cuestionar los fundamentos jurídicos de la sentencia, es decir, para discutir la aplicación del derecho o la valoración de la prueba. Surge cuando los razonamientos del fallo no existen o su desarrollo resulta confuso o contradictorio, lo que violenta el debido proceso. El agravio bajo estudio alude a un aspecto probatorio –preterición de prueba-, ajeno a esta clase de yerro.  
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Contratación administrativa
Restrictor: Prórroga
Resumen: Independientemente de la existencia de la directriz de la Gerencia del Instituto de Desarrollo Agrario de no prorrogar contratos; el ordenamiento jurídico y el texto del contrato en estudio disponen la potestad o facultad de la Administración (discrecionalidad) de decidir no prorrogarlos –no es una consecuencia automática-, sin obligarlo a emitir un acto motivado para justificar su determinación;  como el contratista de no aceptar la propuesta de prórroga. En la especie, no se está frente a la rescisión unilateral administrativa del convenio, sino frente al ejercicio puro y simple de la terminación normal del contrato por agotamiento del plazo (canon 203 Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa). El hecho de que se contemple en las cláusulas cartelarias y contractuales la posibilidad de una ampliación del plazo a través de la prórroga, únicamente constituye una mera expectativa que solo genera derecho cuando se hace efectiva, lo que no ocurrió en el presente asunto.   
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Elementos de acto administrativo
Restrictor: Motivo / motivación
Resumen: La motivación es el fundamento, de hecho y de derecho, sobre el que se estructura el contenido de cualquier acto administrativo, a fin de que el administrado conozca los motivos por los cuales el órgano competente toma la decisión que tiene efectos sobre su esfera jurídica, ya sean favorables o ablatorios, último supuesto en donde el afectado puede ejercer el derecho de defensa –debido proceso- en contra de una determinación negativa. Resultan irrelevantes las decisiones adoptadas por la Administración en otros expedientes administrativos, ya que la invalidez de una conducta formal se origina como resultado de una disconformidad sustancial con el ordenamiento jurídico respecto a sus elementos. Si bien un trato discriminatorio es antijurídico, no posibilita motivar una nulidad a no ser que se manifieste en un yerro respecto de alguno de los elementos constitutivos del acto, concretamente al motivo y contenido.
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Costas
Resumen: En procesos contenciosos administrativos, la mayoría de la Sala ha indicado que el pronuncimiento sobre las costas debe hacerse de oficio, condenando al vencido a su pago, sin considerarlo litigante temerario o de mala fe (artículos 222 Código Procesal Civil, 98 Ley Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa). Procede recurso de casación cuando se hace uso de la facultad de eximir su pago, pues es posible infringir la norma por mal uso o uno indebido. En consecuencia, no incurrieron los juzgadores en el quebranto legal aducido al imponer el pago de las costas a la actora vencida.
Categoría: Repetitivo


Voto 1138-2012

Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Ofrecimiento de prueba
Resumen: En la especie, los documentos, oficio y carta que ofrece el casacionista como prueba para mejor resolver, fueron integrados por el Tribunal, en su oportunidad, al acervo probotorio de esta causa, por lo que deviene innecesaria su incorporación ante esta sede.
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Preterición de prueba
Resumen: La preterición ocurre cuando los jueces dejan de considerar, total o parcialmente, las probanzas aportadas a los autos. Ello implica el desconocimiento del valor que la ley les otorga, y como tal, constituye un error de derecho. En el presente asunto, los juzgadores admitieron, como prueba para mejor resolver, una carta, pero no fue tomada en cuenta en los hechos probados o no probados de la sentencia, ni fue objeto de análisis en sus consideraciones, por lo que se incurrió en el vicio alegado. Sin embargo, dicho reproche no conduce a una casación útil.
Categoría: Repetitivo

  
Descriptor: Contratación administrativa
Restrictor: Prórroga
Resumen: El modo normal de extinción de los contratos administrativos es el acaecimiento del plazo y la ejecución del objeto pactado (artículo 203 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa). La prórroga del plazo contractual es una situación excepcional. Las cláusulas cartelarias o contractuales que admitan la posibilidad de prórroga del plazo contractual constituyen una mera expectativa, que sólo genera un derecho cuando se hacen efectivas. En la especie, la comunicación de la Administración de no aplicar las prórrogas a los contratos, se hizo cuando ya había fenecido el plazo y se había recibido a satisfacción los servicios contratados y el propio representante de la actora había solicitado la devolución de la garantía de cumplimiento, por lo que no pudo haberle causado afectación de sus derechos subjetivos e intereses legítimos.
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Costas
Resumen: La condena en costas al vencido tiene su origen en una norma imperativa (ordinal 193 Còdigo Procesal Contencioso). Procede por el solo hecho de perder el proceso, sin que se le considere litigante temerario o de mala fe. El citado numeral 193, el 222 del Código Procesal Civil y el 98 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativo disponen los supuestos por los cuales es posible eximir el pago de costas. La exoneración es una facultad del juzgador y cuando hace uso de ella, puede incurrir en una infracción sustantiva por indebida aplicación, errónea interpretación o falta de actuación del precepto. En esta causa, la condenatoria en costas a la vencida no generó la violación sustantiva reclamada.
Categoría: Repetitivo

Voto 1515-2012

Descriptor: Ejecución de sentencia
Restrictor: Ejecución de acto firme y favorable
Resumen: Distinción entre el proceso de ejecución de sentencia (para materializar la condena de un fallo jurisdiccional, con carácter de cosa juzgada) y el procedimiento de ejecución de actos administrativos firmes y favorables (canon 176 Código Procesal Contencioso Administrativo). El presente asunto se declaró inadmisible al no versar sobre una ejecución de un acto administrativo firme y favorable, sino de la ejecución de una sentencia judicial. Sin embargo, estima la Sala que se trata de un tema de competencia, por lo que se debe determinar el órgano jurisdiccional competente para tramitar la ejecución, siendo el Tribunal Procesal Contencioso Administrativo.    
Categoría: Moderado


Descriptor: Código Procesal Contencioso Administrativo
Restrictor: Transitorio
Resumen: Con base en el transitorio IV del Código Procesal Contencioso Administrativo, es criterio de esta Sala que las ejecuciones de sentencias promovidas luego de la vigencia del citado código, deban tramitarse al amparo de esa normativa, con independencia de que el proceso que culminó con la sentencia a ejecutar haya sido tramitado y emitido conforme a la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, pues razones de oportunidad, conveniencia, adecuada prestación del servicio público y seguridad jurídica así lo requieren.
Categoría: Relevante

Voto 1609-2012

Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Ofrecimiento de prueba
Resumen: El recurrente ofrece como prueba documental “las que obran en el expediente”, así como la testimonial “recibida en el juicio”, lo cual no constituye un ofrecimiento en los términos que prevé el mandato 145 del Código Procesal Contencioso Administrativo, ni puede calificarse como prueba para mejor resolver, simplemente se hace referencia genérica a los elementos que ya constan en el expediente, por lo que se omite pronunciamiento sobre ello.
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Contratación administrativa
Restrictor: Compra directa
Resumen: Sea por el monto (artículos 27 y 136 Reglamento de la Ley de Contratación Administrativa), por el objeto o concretas circunstancias (131, 137 y 138 ibídem), la contratación directa se exime del procedimiento ordinario de licitación (pública o abreviada), a fin de acelerar la satisfacción del interés público. El mecanismo de selección debe ser expedito, práctico y ajeno a plazos cuya extensión desvirtúe su naturaleza. Debe adaptarse a los principios generales, a los requisitos previos y a las normas generales del cartel y de la oferta (numeral 126).
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Contratación administrativa
Restrictor: Adjudicación
Resumen: El acto firme de adjudicación y la constitución de la garantía de cumplimiento (cuando sea exigida) perfeccionan el contrato (canon 32 Ley de Contratación Administrativa), independientemente de su firma, lo que otorga al contratista el derecho de ejecutar. Solo se formalizan, en escritura pública, las contrataciones inscribibles en el Registro Nacional y las que por Ley tengan ese requisito. En el sub lite, sin bien el pliego de condiciones establecía el deber de formalizar, este requerimiento era excesivo, pues en el cartel se especificaban los derechos y deberes de las partes, en concreto, los del contratista, que fueron aceptados por actora en su oferta. El contrato en estudio se perfeccionó cuando se adjudicó la oferta –pues la actora cumplió con las estipulaciones cartelarias- y se rindió la garantía de cumplimiento. El INA no podía impedir el inicio del servicio de capacitación en el idioma inglés, aún cuando el contrato no había sido firmado, e incluso se habían presentado estudiantes a recibir las lecciones. Ante el supuesto incumplimiento de infraestructura en los servicios sanitarios, la Administración debió resolver el contrato conforme lo estipulaba el cartel.  
Categoría: Repetitivo