Sala Primera de la
Corte Suprema de Justicia

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Clasificación semanal: 07/12/2015 al 10/12/2015

 

     A continuación, se enlistan las clasificaciones de las sentencias de fondo y/o conflictos de competencia (notificadas y firmes) de la Sala Primera, como también en función de Tribunal de Casación de lo Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda, elaboradas, en esta semana, por el Centro Electrónico Casacional de la Sala Primera (CECA) e incluídas en la consulta de "Jurisprudencia en línea".  

 


SALA PRIMERA 

 

Voto 65-A-2015

Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Desistimiento
Resumen: A tenor de expuesto en los artículos 208 y 209 del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria por mandato del numeral 220 del Código Procesal Contencioso, procede sin dilación admitir el desistimiento del recurso, declarar firme la resolución recurrida e imponer las costas del recurso y del desistimiento a cargo del actor.
Categoría: Poco relevante

Voto 82-A-2015

Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Violación directa de ley sustantiva
Resumen: El recurso de casación no cumple con los presupuestos exigidos en la legislación procesal civil para acusar una violación directa de ley. El recurrente justifica su razonamiento en que el ordinal 595.1 del Código Procesal Civil no requiere el deber de indicar la  normativa que se quebranta con su no aplicación. Sin embargo, el artículo 596 ibídem impone el deber de mencionar, con claridad y precisión, el numeral que se acusa violado, la forma en que ello ocurre y la manera en que incide en la decisión que se recurre. Si bien, el legislador no contempló expresamente que debía citarse la disposición transgredida por aplicación indebida, sí se deduce de ese precepto. Si la violación que se invoca radica en una falta de aplicación de una norma, siempre existirá otra igualmente irrespetada por actuación indebida o viceversa.
Categoría: Repetitivo

Voto 183-A-2015

Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Costas
Resumen: Si la resolución donde se define el quantum de las costas no constituye una sentencia, ni un auto con dicho carácter, sino que es un simple auto que contiene un criterio valorativo, entonces, no resulta pasible del recurso extraordinario de casación. En la especie, el recurso se plantea contra una resolución de la jueza ejecutora que no produce cosa juzgada material, pues no resuelve el fondo de la situación jurídica sustancial, sino que solo cuantifica la suma que por costas personales debe pagar la actora.
Categoría: Repetitivo

En similar sentido, véase el voto número 188-A-2015.

Voto 197-A-2015

Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Ejecución de sentencia
Resumen: El recurso de casación contra el fallo final emitido en ejecución de sentencia procederá cuando se estime que es contrario al ordenamiento jurídico, por lo que el impugnante podrá alegar tanto violación a normas procesales cuanto sustantivas (artículos 134, 137,  138 y 178 Código Procesal Contencioso Administrativo). En este mismo orden de ideas, para la ejecución de sentencias emitidas por la Sala Constitucional en procesos de hábeas corpus y amparo emitidos contra la Administración (cardinal 183.3 ibídem y 51 Ley de Jurisdicción Constitucional).
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Daño
Restrictor: Daño moral
Resumen: Análisis sobre la demostración y cuantificación del daño moral subjetivo. Estima esta Sala que el monto fijado por el juzgador  resulta razonable y proporcional con relación al daño sufrido, el cual se origina desde el momento en que la paciente acudió por primera vez al hospital y hasta que fue intervenida quirúrgicamente. Se determina que la ejecutante tuvo que esperar mucho tiempo -más de un año- para solucionar su problema –fuerte dolores de espalda-, y no fue sino por la interposición de un recurso de amparo que se le practicó la cirugía que requería.   
Categoría: Repetitivo

Voto 198-A-2015

Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Formalidades del recurso
Resumen: Análisis del recurso de casación como instancia extraordinaria; así como los requisitos de admisibilidad: lugar, tiempo, forma y motivación fáctica y jurídica del caso. Pese a que la casacionista recrimina una indebida valoración probatoria, no establece el quebranto normativo incurrido, en contradicción con la prueba mal valorada a efecto de darle fundamento jurídico a su reclamo, llave de ingreso a la orden casacional (ordinal 139.3 Código Procesal Contencioso Administrativo). Si bien alega conculcados los principios constitucionales de eficiencia, razonabilidad, proporcionalidad y legalidad, no explica, con el rigor debido, la forma como se produce ese quebranto. Ante la evidente omisión de combatir de manera sistemática y específica lo actuado por el Tribunal, su reclamo resulta insuficiente para generar la revisión del fallo controvertido ante esta Sede, por lo que se rechaza de plano el recurso.
Categoría: Repetitivo

Voto 200-A-2015

Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Formalidades del recurso
Resumen: Análisis del recurso de casación como instancia extraordinaria; así como los requisitos de admisibilidad: lugar, tiempo, forma y motivación fáctica y jurídica del caso. En todo el recurso no se encuentra una sola alusión a los preceptos de fondo violentados con los errores atribuidos a la sentencia impugnada, los alegatos no van más allá de la simple referencia argumentativa, por lo que se rechaza de plano.
Categoría: Repetitivo

Voto 201-A-2015

Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Formalidades del recurso
Resumen: Análisis del recurso de casación como instancia extraordinaria; así como los requisitos de admisibilidad: lugar, tiempo, forma y motivación fáctica y jurídica del caso. El recurso en estudio gira en torno a la inexistencia de prueba sobre el daño moral otorgado por la juzgadora, alegando que no existe base para otorgar el monto concedido. Al reclamarse la falta de valoración probatoria, el agravio se constituye como una violación indirecta de ley, por lo que se hace imprescindible citar la norma de fondo que se considera conculcada (ordinal 139.3 Código Procesal Contencioso Administrativo), lo cual no lo hace, por lo que se rechaza de plano.
Categoría: Repetitivo

Voto 202-A-2015

Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Rechazo de fondo
Resumen: Alternativa innovadora y expedita para quienes conocen del recurso de casación, de determinar desde el inicio, si el planteamiento es improcedente, pese a cumplir las cuestiones formales -presentación dentro del plazo y respeto a la técnica de casación- (cardinal 140.c Código Procesal Contencioso Administrativo).
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Fundamentación
Resumen: Análisis del recurso de casación como instancia extraordinaria; así como los requisitos de admisibilidad: lugar, tiempo, forma y motivación fáctica y jurídica del caso. En la especie, en tres reproches mezcla inconformidades procesales y de fondo, lo que provoca que el recurso no sea claro ni preciso en torno a las impugnaciones que desarrolla. Lo que en realidad alega es una falta de valoración de prueba documental, pero olvida mencionar y entrelazar con los motivos del recurso y lo resuelto por el Tribunal, la norma de fondo atinente al derecho que pretende, por lo que los agravios resultan informales.
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Costas
Restrictor: Desistimiento  
Resumen: El recurrente acusa errónea interpretación del numeral 197.2 del Código Procesal Contencioso Administrativo, que dice sobre el reclamo de la parte interesada a la condena en costas cuando el desistimiento es posterior a la audiencia preliminar, siempre que el Tribunal halle mérito para la condenatoria. Efectivamente, el Tribunal hace una interpretación de ese ordinal y explica que no es de oficio, sino a pedido de las partes, lo que en la especie sucedió. Expone, además, las razones por las cuales considera hay mérito para tal efecto procesal. Considera esta Sala, no es de recibo el argumento de la actora, cuando indica que para los juzgadores existe una obligación de condenar a su pago si las partes lo exigen. Dicha condenatoria no se debió a que el desistimiento se hizo en un momento posterior a la audiencia preliminar, sino que el Tribunal fundamentó su criterio, al estimar que existió mérito para imponerlas.    
Categoría: Repetitivo

Voto 309-A-2015

Descriptor: Excepción
Restrictor: Plazo para impugnar
Resumen: En la presente ejecución prendaria, la excepción de falta de competencia por razón del territorio se promueve por vía fax dentro del plazo de 3 días establecido en el artículo 38 de la Ley de Cobro Judicial, y en aplicación supletoria del ordinal 34.3 del Código Procesal Civil. Por ende, la presente ejecución será de conocimiento del Juzgado de Cobro, Civil Menor Cuantía y Tránsito de Guanacaste.
Categoría: Repetitivo

En igual sentido, véase la sentencia n° 318-A-2015.

Voto 317-A-2015

Descriptor: Conflicto de competencia
Restrictor: Pretensión real sobre inmueble
Resumen: Se discute si para establecer la autoridad de cobro que debe conocer de la ejecución es el del domicilio de los demandados o el del bien objeto del cobro hipotecario. La Ley de Cobro Judicial, no especifica cual de las reglas se ha de seguir para el conocimiento de los procesos de ejecución. Sin embargo, el numeral 38 ibídem establece que en todo lo no previsto, rigen supletoriamente las disposiciones del Código Procesal Civil. Su ordinal 25, párrafo primero, establece que: "Tratándose de pretensiones reales sobre inmuebles, será competente el juez del lugar donde esté situada la finca". Consecuentemente, por estar la ubicación del bien en la provincia de Heredia, es a la autoridad judicial de cobro de esa localidad la competente para conocer de la ejecución hipotecaria, sea el Juzgado de Cobro y Menor Cuantía de Heredia.
Categoría: Repetitivo

Voto 352-A-2015

Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Resolución impugnable
Resumen: El recurso extraordinario interpuesto ante la Sala Primera procede contra las sentencias definitivas dictadas por el Tribunal Agrario (artículo 61 Ley de la Jurisdicción Agraria); así contra los autos con ese carácter conforme el numeral 591 del Código Procesal Civil. En el caso en estudio, se impugna una resolución dictada por el Tribunal Agrario, mediante el cual se confirma el rechazo de la homologación del acuerdo extrajudicial al que llegaron ambas partes, y ordena la continuación del procedimiento judicial. La Sala declara inadmisible el recurso, porque ese pronunciamiento carece de dicha impugnación, al no ser una sentencia definitiva con carácter de cosa juzgada material o sustancial.
Categoría: Repetitivo

Voto 353-A-2015

Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Costas
Resumen: En la especie, las objeciones del casacionista giran en torno a la cuantificación –no la condena- de las costas personales liquidadas en fase de ejecución, generadas por el trámite del proceso de conocimiento; decisión que no es pasible del recurso de casación, pues se trata de un auto –contiene un juicio valorativo o criterio de la persona juzgadaza- que goza del recurso de apelación ante el Tribunal de Apelaciones de lo Contencioso Administrativo.
Categoría: Repetitivo