Sala Primera de la
Corte Suprema de Justicia

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Clasificación semanal: 22/05/2017 al 26/05/2017

 

     A continuación, se enlistan las clasificaciones de los autos, conflictos de competencia y/o las sentencias (notificadas y firmes) de la Sala Primera elaboradas, en esta semana, por el Centro Electrónico Casacional de la Sala Primera (CECA) e incluídas en la consulta de "Jurisprudencia en línea".  

 


Sala Primera

 

Voto 98-F-2017

Descriptor: Recurso de nulidad
Restrictor: Formalidades del recurso
Resumen: El presente recurso de nulidad contra el laudo resulta ser una copia de los recursos de apelación formulados ante esta Sala -los cuales ya se pronunció en los votos 1599-2013 y 1207-2014- contra las resoluciones del Tribunal Arbitral que resolvieron sobre la recusación de los árbitros y la incompetencia del tribunal asignado. De tal manera, no habiendo esgrimido el recurrente en el recurso de nulidad nuevos argumentos que ameriten su estudio por parte de esta Cámara, se deberá estar a lo resuelto en dichas resoluciones y rechazarse el recurso.
Categoría: Repetitivo

Voto 99-F-2017

Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Costas
Resumen: El pronunciamiento sobre las costas en procesos agrarios debe hacerse de oficio, condenando al vencido a su pago por el hecho de serlo -por perder el litigio-, sin que ello signifique no haya tenido motivo bastante para litigar, ni se le considere litigante temerario o de mala fe (ordinal 55 Ley de la Jurisdicción Agraria). Se dispone, además, los supuestos para eximírsele de su pago. Aunque se trate de una facultad, no se encuentra inmune al control casacional, pues tanto en su ejercicio como en su inaplicación, puede operar una violación de ley. Ergo, con la sola aplicación de la regla general -condena al vencido-, el asunto es admisible en casación para su examen de fondo (siempre y cuando se cumplan los requisitos de ley) ante un eventual vicio omisivo en la aplicación de esa norma que autoriza su exoneración.
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Costas
Restrictor: Exoneración
Resumen: Estima esta Sala, si el Juzgado consideró que la posesión del terreno por parte del accionado se dio de buena fe y que en ningún momento despojó ilegalmente este bien a la demandante; tema que no ha sido revocado por el Tribunal, más allá si se ordenó la reivindicación de la finca, lo procedente era la exoneración de costas al demandado, tal y como lo resolvió el Juez de primera instancia. Por ende, se equivoca el Tribunal al no aplicar debidamente los supuestos de exoneración del artículo 55 de la Ley de Jurisdicción Agraria y 222 del Código Procesal Civil. Se resalta, hubo un vencimiento recíproco de ambas partes entre sus pretensiones, se demostró la buena fe y la existencia de motivo suficiente para litigar, al cuestionarse el derecho de propiedad sobre el terreno en conflicto. Se trataba de determinar quién tenía mejor derecho sobre el inmueble, aspecto que sólo era posible determinarlo en la vía judicial.
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Mejora
Restrictor: Reconocimiento
Resumen: El poseedor de buena fe reivindicado siempre tendrá el derecho al reconocimiento de las mejoras necesarias y útiles introducidas en el bien (artículos 328, 330 y 332 Código Civil).
Categoría: Repetitivo

Voto 101-F-2017

Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Casación útil
Resumen: La casacionista acusa quebranto de normas constitucionales que protegen el derecho al agua. Estima violado su derecho a una vivienda digna, pues a pesar de que tiene un terreno, no puede construir su casa; así como al derecho de acceso al agua como líquido vital. El Tribunal refiere que la gestión de disponibilidad de agua presentada por la actora ante Acueductos y Alcantarrillados fue rechazada, al no existir en ese momento abastecimiento de agua potable ni servicio de alcantarillado público en la zona. La demandante optó por impugnar tales actuaciones en sede judicial. No obstante, no impugnó en sede administrativa la denegatoria del servicio, ni reclamó en sede judicial la nulidad de las conductas que estima violatorias de sus derechos. De esa suerte, el agravio no es útil, impidiendo a esta Cámara ahondar en el examen del vicio que se apunta, por lo cual ha de denegarse.
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Costas
Resumen: En procesos contenciosos administrativos, su pronunciamiento debe hacerse de oficio, condenando al perdidoso por el hecho de serlo, sin que ello signifique que no haya tenido motivo bastante para litigar, ni se le considere litigante temerario o de mala fe (canon 193 Código Procesal Contencioso Administrativo). Dicho numeral dispone los supuestos por los cuales podrá eximírsele de su pago. Aunque se trate de una facultad, no se encuentra inmune al control casacional, pues tanto en su ejercicio como en su inaplicación, puede operar una violación de ley. En consecuente, la sola aplicación de la regla general (condenatoria al vencido), no cierra las puertas al recurso de casación ante un eventual vicio omisivo en la aplicación de esa norma que autoriza la exoneración de las costas.
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Costas
Restrictor: Exoneración
Resumen: La casacionista reclama contra la condena en costas, alegando que ha litigado de buena fe, con la convicción de tener un derecho legítimo. El precepto 193.b del Código Procesal Contencioso Administrativo habilita la exención por la naturaleza de lo reclamado, que permite colegir que el debate era necesario para dilucidar a quién asistía el Ordenamiento Jurídico. Aunque la actora no impugnó la conducta administrativa en esa sede, ni identificó las actuaciones administrativas que consideraba nulas, es claro, no contaba con acceso al agua, motivo por el cual, estima esta Cámara, el litigio resultaba necesario para dilucidar los argumentos planteados en pos de ese valioso recurso; por lo que se acoge el reparo.
Categoría: Repetitivo

Voto 102-F-2017

Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Ofrecimiento de prueba
Resumen: Análisis sobre la prueba en casación (mandatos 293 y 609 Código Procesal Civil). El casacionista aporta, junto con el libelo del recurso, una certificación de contador público, una certificación de una sentencia de esta Sala y un acta de audiencia oral de un Juzgado Penal, los cuales no son de recibo como prueba para mejor resolver. La primera certificación debió ser aportada desde un inicio con la contestación de la demanda y no hasta ahora, en esta sede, por contener datos de anterior data a la presentación de la demanda. Aunque los restantes documentos son de fecha posterior a la presentación de aquella, lo cierto es que no poseen influencia efectiva en la resolución del litigio, ni guardan relación con lo planteado en sus agravios.
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Incongruencia
Restrictor: Concepto y alcance
Resumen: Para esta Cámara, el error acusado no se advierte. La posición del objetante es que los actores nunca indicaron cuál figura debía de aplicarse a la relación contractual, por lo que lo resuelto va más allá de lo pretendido; lo cual no es cierto. Si bien de la lista de pretensiones no se extrae con la precisión debida que lo pedido sea la resolución contractual, lo cierto es que esa solicitud si se logra colegir con claridad del texto íntegro de la demanda. Por ende, el Tribunal resolvió conforme con lo pretendido.
Categoría: Moderado


Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Casación por razones procesales
Resumen: El objetante pide la nulidad de la sentencia al faltar una de las firmas de los juzgadores. Este reclamo no se enmarca en la causal 594.5 del Código Procesal Civil, que contempla el fallo dictado por un número menor de jueces de los señalados por la ley para su validez. El artículo 154 ibídem exige que las personas juzgadoras que han concurrido con su voto firmen la resolución respectiva, pero permite además dejar una constancia en la resolución, cuando alguno de los integrantes se encuentre imposibilitado para firmarla; tal cual sucedió en el caso de estudio. La indicación de la Jueza Tramitadora del Juzgado Civil de que el juez que concurrió con los otros integrantes para resolver lo que correspondía, no firmó porque se jubiló, suple la ausencia de la rúbrica en comentario.
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Costas
Restrictor: Concepto y alcance
Resumen: La imposición de las costas al vencido lo es por imperativo legal, es decir, el que pierde el juicio debe pagar los gastos procesales y personales de la controversia. Las costas constituyen una consecuencia económica del proceso, que guarda independencia con el fondo de lo debatido. Tanto el Código Procesal Civil como el Código Procesal Contencioso Administrativo las coinciden como una repercusión o efecto de la actividad litigiosa, que se origina al incoar la acción, y demás etapas procesales, guardando independencia con lo sustancialmente discutido.  
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Costas
Restrictor: Exoneración
Resumen: Tocante a la condena en costas, el casacionista reclama que a lo largo del proceso actuó de buena fe y la demanda fue declarada parcialmente con lugar; lo cual esta Sala le da la razón. El demandado no resultó totalmente vencido en juicio; dado que los pedimentos del actor no fueron aceptados en su totalidad y la demanda fue declarada parcialmente con lugar. Por ende, se declara este asunto sin especial condena en costas (numeral 222 Código Procesal Civil).
Categoría: Repetitivo

Voto 149-F-2017

Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Rechazo de plano
Resumen: El Código Procesal Contencioso Administrativo prevé la posibilidad a la Sala o al Tribunal de Casación, desde un inicio, de rechazar de plano un reproche cuando carezca de total fundamentación jurídica o teniéndola resulta improcedente por razones procesales o de fondo; en aras de resolver en forma pronta y cumplida los procesos judiciales. A nada conduce postergar la resolución de un recurso de esta naturaleza, si de su contenido se deduce con absoluta claridad que habrá de ser desestimado.
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Rebeldía
Restrictor: Expediente  
Resumen: En el proceso bajo estudio, ante la omisión de aportar en tiempo y forma el expediente administrativo, el Tribunal dispuso tener por contestada afirmativamente los hechos de la demanda. Los efectos prácticos del incumplimiento de esa carga procesal (cardinal 63.3 Código Procesal Contencioso Administrativo), son equivalentes a la declaratoria de rebeldía (canon 65 ibidem). Sin embargo, esa presunción de verdad es relativa, pues admite prueba en contrario, ya que la Administración incumpliente puede ofrecer pruebas y el juez las puede admitir –u ordenar de oficio- en carácter de prueba para mejor resolver. Por ende, la autoridad jurisdiccional está obligada a verificar el cuadro fáctico con las probanzas que constan en autos -búsqueda de la verdad real de los hechos relevantes del proceso (ordinal 82.1 ibídem)-, para así analizar la procedencia de las pretensiones y verificar de oficio los presupuestos sustantivos de la sentencia -legitimación, interés actual y el derecho-.
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Casación útil
Resumen: La recurrente no impugna lo resuelto por el Tribunal en cuanto al fondo del asunto. De ahí que los argumentos planteados resulten estériles a los efectos de casar la sentencia.
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Formalidades del recurso
Resumen: La incorrección que se acusa redunda en un agravio de tipo sustantivo. No obstante, la promovente debió precisar los yerros de apreciación probatoria en los que, según aduce, incurrió el Tribunal al analizar el cuadro fáctico sometido a debate, y mencionar la normativa jurídica sustantiva que estima conculcada como consecuencia de esos errores valorativos.
Categoría: Repetitivo

Voto 151-F-2017

Descriptor: Responsabilidad
Restrictor: Nexo causal
Resumen: En el presente proceso contencioso administrativo contra el Estado, el Tribunal declaró parcialmente con lugar la demanda. Determinó la responsabilidad del Estado por la prestación anormal del servicio público -del Ministerio Público-, al declararse la extinción de la acción penal por prescripción, emitiéndose un fallo de sobreseimiento definitivo a favor de los encausados por el delito de lesiones culposas ocasionadas en un accidente de tránsito, por atropello. Indemnizó a los actores por daño moral subjetivo. Coincide esta Sala con el Tribunal, no existe nexo de causalidad entre las lesiones sufridas en ese accidente y el actuar anormal del Ministerio Público. Como bien se indica en el fallo cuestionado, el reclamo de los daños y perjuicios en sede penal, era una expectativa de reconocimiento.
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Daño
Restrictor: Daño moral
Resumen: Análisis sobre la existencia y cuantificación del daño moral subjetivo. Comparte esta Cámara el criterio del Tribunal. La extinción de la acción penal por prescripción, debido al funcionamiento anormal del servicio público del Ministerio Público, les generó a los demandantes sentimientos de ansiedad, desazón, sinsabor, angustia, revés Y frustración. Establecida la existencia del daño moral y su nexo de causalidad con los hechos analizados en este proceso, la determinación del quántum depende de la equitativa valoración de las personas juzgadoras. Esta Cámara estima que los montos prudenciales concedidos por los jueces se ajustan a la entidad del gravamen infligido y, por ende, están apegados a los principios constitucionales de razonabilidad y proporcionalidad.  
Categoría: Repetitivo

Voto 280-F-2017

Descriptor: Incongruencia
Restrictor: Concepto y alcance
Resumen: Acontece cuando no hay conexidad o coincidencia entre lo resuelto en el dispositivo de la sentencia, las pretensiones y excepciones opuestas por las partes, tanto en la demanda como en la contestación, así como en las audiencias orales. Se presenta cuando se omite pronunciamiento sobre algún extremo sometido a debate (mínima petita), se otorga más de lo rogado (ultra petita), lo resuelto no guarda correspondencia con lo peticionado (extra petita) o contiene disposiciones contradictorias. En este caso, todas las pretensiones fueron rechazadas, es decir, se trata de un fallo desestimatorio, de ahí que no ocurre el yerro alegado. Los juzgadores han decidido, sólo que negativamente sobre las cuestiones planteadas en la demanda.
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Pretensión
Restrictor: Aclaración de pretensiones
Resumen: El Código Procesal Contencioso Administrativo (95.1) y su reglamento (73.8), prevén la posibilidad, de oficio (juez tramitador como el de juicio) o a gestión de parte, para ampliar, adaptar, ajustar o aclarar no solo las pretensiones, sino también los fundamentos jurídicos, siempre y cuando se respete el debido proceso. Esta facultad se encuentra subordinada a una función aclaratoria, y no de innovación. Supone, además, la posibilidad que la contraparte pueda ofrecer pruebas que tengan por objeto desacreditar las modificaciones incorporadas. En el caso concreto, los juzgadores no estaban facultados para sugerir a la actora ampliar su petitoria con una pretensión anulatoria o de disconformidad sustancial del acto final adjudicatorio cuestionado con el ordenamiento jurídico, pues eso comportaría una innovación del petitum de la demanda, lo cual conlleva infracción del principio dispositivo y de imparcialidad.
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Recurso de casación
Restrictor: Casación útil
Resumen: Cuando un fallo se apoye en varias consideraciones, es deber del recurrente, para que prospere la censura, combatirlas todas en el mismo cargo, puesto que la no impugnación de uno o algunos sigue prestándole base firme a la sentencia. En la especie, uno de los dos argumentos capitales no se impugna en los cargos que aquí se estudian, éste sigue amparado en la presunción de acierto y con fuerza suficiente para sostener la discusión. Así, aún en el evento que los menoscabos denunciados existen, no podría quebrarse el fallo, por encontrarse apoyado en una consideración que no ha sido atacada en casación.
Categoría: Repetitivo

Voto 283-F-2017

Descriptor: Daño
Restrictor: Daño moral
Resumen: La Sala Constitucional estimó la violación del derecho fundamental a la salud de la amparada, al someterla a una lista de espera injustificada de cinco meses, siendo una adulta mayor que requería de una cirugía para retirarle una platina y unos tornillos en una de sus piernas. En ejecución de sentencia, el Juzgado la compensó por daño moral subjetivo. Aprecia la Sala, esta lesión no se generó por no haber recibido la atención médica oportuna, ni porque sufría de dolores; sino por ser una adulta mayor y hacerla esperar, lo cual configura el nexo causal entre el hecho lesivo y la afectación causada; siendo procedente la reclamación, pero con un monto inferior. Además, coincide la Sala con el Juzgador, de no haber plateado el recurso de amparo no hubiera sido operada con la prontitud con que se hizo.    
Categoría: Repetitivo


Descriptor: Adulto mayor
Restrictor: Concepto y alcance
Resumen: Esta Sala ha reconocido las especiales limitantes y características de esta población. Confluyen aspectos intrínsecos del envejecimiento fisiológico, con un declinar paulatino de la funcionalidad de los órganos y sistemas, disminución de la reserva funcional y alteración a precario del equilibrio dinámico del organismo, aumentando su vulnerabilidad ante situaciones de estrés o enfermedad y la especial forma de presentación de estas últimas, llevan a la conceptualización de la fragilidad de quienes pertenecen a este grupo etario.
Categoría: Repetitivo

Voto 284-F-2017

Descriptor: Daño
Restrictor: Daño moral
Resumen: Análisis sobre la existencia y cuantificación del daño moral subjetivo. El Tribunal consideró la lesión moral causada al actor, por una indebida ocupación que hizo la demandada en su propiedad. Cuando existe una infracción a ese derecho fundamental, puede establecerse con claridad que la persona experimente alteraciones emocionales susceptibles de reparación. Tratándose de su patrimonio, no resulta necesaria la prueba que echa de menos el objetante, pues resulta evidente que se vio afectado, tanto así que debió acudir a estrados a defender su derecho. Sin embargo, la condena resulta excesiva. El accionante tenía la seguridad de que había adquirido su propiedad libre de gravámenes y anotaciones; aspectos que respaldan su derecho. Por otro lado, existieron acciones de la demandada tendientes a solucionar la situación, que bien pudo minimizar las preocupaciones y angustias.  
Categoría: Repetitivo